Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Premios. (2021050077)
Orden de 17 de mayo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios de fomento de la lectura en Extremadura.
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NÚMERO 98
Martes, 25 de mayo de 2021

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5. E
 l Jurado de los premios se regirá en cuanto a su constitución y funcionamiento por lo
dispuesto con carácter básico para los órganos colegiados en la sección 3ª del capítulo II
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público. Asimismo, será de aplicación el título V, capítulo III, sección 2ª, de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
6. A
 los miembros del jurado les será de aplicación las causas de abstención y recusación
previstas en la sección 4ª del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7. La participación como miembro del jurado no dará derecho a percepción económica alguna.
8. L
 a votación se decidirá por el sistema de mayoría simple decidiendo, en caso de empate,
el voto de calidad del Presidente del Jurado.
Artículo 8. Criterios de Valoración y ponderación de los mismos.
El Jurado valorará la creatividad, calidad y originalidad de los proyectos que promuevan la
lectura y contribuyan al incremento de los índices de lectura de la sociedad extremeña y a la
difusión de las letras extremeñas.
A tales efectos, el jurado valorará los proyectos presentados conforme a los siguientes criterios, con un máximo de 100 puntos:
1. Relevancia y pertinencia (hasta 30 puntos):


Se valorarán los siguientes aspectos del proyecto

a) Que constituya una aportación significativa al fomento de la lectura, y que, en
consecuencia, presente contenidos sólidos e inclusivos, multidisciplinares y plurales, que promuevan que el hábito de la lectura arraigue en el mayor número
posible de personas, con la mayor fuerza posible (hasta 10 puntos).


b) Q
 ue se adecue eficazmente al propósito perseguido, de forma que las técnicas
y recursos empleados para fomentar la lectura sean los más aptos, en el ámbito
y las circunstancias en que se aplican (por edad, entorno social o características
personales de los destinatarios), para la consecución de ese fin (hasta 10 puntos).



c) Que promueva, en su concepción y ejercicio, valores democráticos esenciales,
como la libertad de juicio y de conciencia, el espíritu crítico, la igualdad (particularmente, entre hombres y mujeres), la solidaridad, la tolerancia, la justicia, la
salud y el respeto por el medio ambiente (hasta 5 puntos).