Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Premios. (2021050077)
Orden de 17 de mayo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios de fomento de la lectura en Extremadura.
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NÚMERO 98
Martes, 25 de mayo de 2021

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Artículo 7. Órganos de ordenación e instrucción.
1. L
 a Dirección General que ostente las competencias en materia de fomento de la lectura
será la encargada de la ordenación e instrucción del procedimiento y realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. Para la evaluación de las solicitudes presentadas, se constituye un Jurado integrado por:
• Presidente: La persona titular de la Dirección General de la Junta de Extremadura competente en materia de fomento de la lectura.
•V
 ocalías:


1. D
 os representantes del servicio de la Junta de Extremadura con competencias en
materia de bibliotecas.



2. U
 n representante del servicio de la Junta de Extremadura con competencias en materia de coordinación educativa.



3. U
 n representante del órgano con competencias en bibliotecas de cada una de las
Diputaciones Provinciales.

•S
 ecretaría: La persona coordinadora del Plan Regional de Fomento de la Lectura, con voz
y voto.
La designación de los miembros del Jurado deberá publicarse en el Diario Oficial de
Extremadura por resolución de la Dirección General con competencias en materia de
bibliotecas, con anterioridad al inicio de sus actuaciones.
3. Serán funciones del Jurado las siguientes:
a) Informar y valorar las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en
el artículo 8 de la presente orden.
b) Proponer la concesión de los premios en sus diferentes modalidades.
4. T
 ras la valoración de las solicitudes presentadas, el Jurado elaborará en el plazo máximo
de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, un informe
motivado al que se adjuntará tanto la relación ordenada de proyectos que cumplan los requisitos para la concesión, con indicación del importe a conceder en su caso, aquellos que
lo cumplen pero no alcanzan la puntuación necesaria para ser beneficiarios, así como de
aquellos que no los cumplen con indicación de los motivos de exclusión.