Consejería De Igualdad Y Portavocía. Víctimas De Violencia De Género. Ayudas. (2021061437)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 94
Miércoles, 19 de mayo de 2021

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h) Documento acreditativo del nacimiento de hijas/os.
3. La interesada deberá aportar, en cualquier caso, la documentación que se indica a
continuación:
a) Certificado de convivencia en el que se haga constar todas las personas que conviven
en el domicilio de la solicitante.
b) En los supuestos de adopción o acogimiento, se deberá aportar resolución judicial, administrativa o documento análogo constitutivo de la misma.
c) Las solicitantes que no tengan nacionalidad española, si es nacional de Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico
Europeo y de Suiza, se deberá aportar el pasaporte o documento de identidad válido
en vigor, así como el certificado de registro como residente comunitario. En el caso de
que la solicitante fuere cónyuge de nacional de Estados miembros de la Unión Europea,
Estados parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo y de Suiza, deberá aportar
el documento acreditativo de dicha circunstancia al no estar habilitados los mecanismos
de transmisión de datos entre administraciones.
Las solicitantes extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior deberán aportar el
documento que acredite la autorización de residencia o la autorización de residencia
y trabajo, y en defecto de los mismos, deberán aportar el pasaporte o documento de
identidad válido en vigor del país del que proceda y certificado original expedido por la
Brigada de Extranjería de la Policía Nacional acreditativo de la residencia legal en territorio español.
En el supuesto de solicitantes no españolas el libro de familia será sustituido, en su
caso, por documento análogo constitutivo de la misma.
d) Declaración responsable de no estar incursa en prohibición para obtener la condición de
beneficiaria de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No será
necesaria la presentación de esta declaración si la interesada cumplimenta en el modelo
de solicitud la casilla correspondiente.
e) Declaración responsable de no haber obtenido ayudas, subvención o auxilio de similar
naturaleza, salvo que sean compatibles con las presentes ayudas. No será necesaria la
presentación de esta declaración si la interesada cumplimenta en el modelo de la solicitud la casilla correspondiente.