Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0021)
Acuerdo de 21 de diciembre de 2020, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre la modificación puntual n.º 39 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Azuaga consistente en el cambio de los parámetros de altura, ocupación y edificabilidad de los usos vinculados a la actividad agrícola, ganadera o forestal en Suelo Rústico tipo B.
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NÚMERO 94
Miércoles, 19 de mayo de 2021

24684

ANEXO II
RESUMEN EJECUTIVO
Tiburcio Martín Sólo de Zaldívar, arquitecto colegiado en el COADE con n.º 285.498, ha redactado, a iniciativa de Corderos Campiña Sur, SL, el documento de modificación puntual n.º 39
de las Normas Subsidiarias de Azuaga, aprobado definitivamente mediante resolución de la
Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura de fecha 21de diciembre
de 2020.
Según lo expresado en la citada resolución y en base a lo establecido en el artículo 79.2 de la
Ley 10/2015, de 8 de abril, de modificación de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo
y Ordenación Territorial de Extremadura, se redacta el presente Resumen Ejecutivo que ha de
acompañar al documento refundido para su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
El planeamiento actualmente en vigor en el municipio, consiste en una Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, que se aprobó definitivamente mediante resolución de la
Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura de 29 de septiembre de
1987, publicada en el BOP de Badajoz n.º 149 de 27 de junio de 1990. A este documento se le
deben sumar otras modificaciones de las normas citadas que pueden consultarse en la página
web: http://sitex.gobex.es/SITEX/planeamiento.
La modificación n.º 39 de las Normas Subsidiarias de Azuaga tiene por objeto modificar los
parámetros de altura, edificabilidad y ocupación para las edificaciones o instalaciones de los
usos de naturaleza agrícola, ganadera o forestal, en parte del suelo no urbanizable de Azuaga,
para facilitar la implantación y puesta en funcionamiento de actividades económicas vinculadas a la naturaleza agrícola, ganadera o forestal, reajustando determinados parámetros urbanísticos previstos en el planeamiento a las necesidades actuales de este tipo de actividades,
atendiendo a su dimensionamiento y a la importancia de este sector como fuente de riqueza
en el municipio.
El artículo de la normativa urbanística afectado por la presente modificación es el 3.2. Normas urbanísticas en suelo no urbanizable. Suelo no urbanizable tipo B, concretamente las
determinaciones de altura máxima, edificabilidad y ocupación máxima. Además se ha incluido
un nuevo apartado de condicionantes genéricos. Ningún plano se encuentra afectado por la
modificación.
El 4 de octubre de 2019, la Dirección General de Sostenibilidad, formuló el informe ambiental
estratégico de la modificación puntual n.º 39 de las NN.SS. de Azuaga, resolviendo que la
misma no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente.