Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061402)
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de la subestación eléctrica colectora de 400/220 kV 3x240 MVA "Carmonita", ubicada en el término municipal de Mérida e infraestructura de evacuación proyectada. Expte.: IA20/911.
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Martes, 18 de mayo de 2021

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Kw-3x240 Mva “Carmonita””, se considera que no es susceptible de afectar de forma apreciable a las especies o hábitats que son objeto de conservación en algún lugar de la Red Natura
2000, tanto individualmente como en combinación con otros proyectos que se plantean desarrollar en el entorno.
Se concluye que no se aprecian perjuicios para la integridad de ningún lugar de la Red Natura
2000.
F) Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.
1. E
 l programa de vigilancia ambiental establecerá un sistema que garantice el cumplimiento
de las indicaciones y de las medidas previstas para prevenir, corregir y, en su caso, compensar, contenidas en el EsIA, tanto en la fase de ejecución como en la de explotación. Este
programa atenderá a la vigilancia, durante la fase de obras, y al seguimiento, durante la
fase de explotación del proyecto.
2. S
 egún lo establecido en el apartado 7 de las medidas de carácter general, de esta declaración de impacto ambiental y conforme a lo establecido en la disposición adicional séptima de la Ley 16/2015, será función del coordinador ambiental el ejercer las funciones de
control y vigilancia ambiental con el objetivo de que las medidas preventivas, correctoras
y complementarias previstas en la declaración de impacto ambiental se lleven a cabo de
forma adecuada en las diferentes fases de ejecución del proyecto. Dicho coordinador por
tanto deberá elaborar y desarrollar un Plan de Vigilancia Ambiental con el fin de garantizar
entre otras cuestiones el cumplimiento de las condiciones incluidas en la declaración de
impacto ambiental y en el EsIA. También tendrá como finalidad observar la evolución de
las variables ambientales en el perímetro de la planta y en su entorno. El contenido y desarrollo del Plan de Vigilancia será el siguiente:
2.1. D
 eberá elaborarse un calendario de planificación y ejecución de la totalidad de la obra,
incluyendo las labores de restauración y revegetación, ya que éstas deben acometerse
según van avanzando las obras.
2.2. D
 urante la fase de construcción, antes del inicio de las obras, se presentará el Plan de
Vigilancia Ambiental de la Fase de Construcción, se presentará el Plan en sí, además
de una memoria valorada que recoja el desarrollo de las medidas correctoras y compensatorias, el cronograma de su ejecución, y, además, se presentará ante el órgano
ambiental informes sobre el desarrollo de las obras cada tres meses y, en todo caso, al
finalizar éstas. Los informes de seguimiento incluirán la forma de ejecución de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias previstas en la presente declaración
y en el EsIA, así como el seguimiento de la evolución de los elementos ambientales
relevantes.