Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061402)
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de la subestación eléctrica colectora de 400/220 kV 3x240 MVA "Carmonita", ubicada en el término municipal de Mérida e infraestructura de evacuación proyectada. Expte.: IA20/911.
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NÚMERO 93
Martes, 18 de mayo de 2021

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D.2. Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción.


1. S
 e notificará a la DGS el inicio de las obras con una antelación mínima de un mes.



2. N
 o podrán iniciarse los trabajos entre los meses de abril a junio, evitando así el periodo de reproducción de la fauna.



3. S
 e procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto.



4. E
 l acceso a la subestación se llevará a cabo a través del desvío de la EX-214 al Sur
de la Subestación “Carmonita”, discurriendo en paralelo a la zona de trabajo de ADIF,
cuyo objetivo es el acceso a la zona de obras y posterior mantenimiento de la Subestación “Carmonita 400 kV” (REE).



U
 na vez finalizados los trabajos, se repondrán los caminos y accesos que puedan
verse afectados tanto por la ejecución de las obras como por la implantación de las
nuevas instalaciones.



5. S
 e evitará, en lo posible, dañar o eliminar vegetación arbustiva o arbórea, situando
las zonas de acopios temporales, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares y
áreas de trabajo en zonas alejadas del arbolado. Se respetarán los drenajes naturales del terreno existentes evitando la disposición de elementos sobre los mismos.



6. S
 e evitará todo tipo de movimientos de tierras no contemplados en esta evaluación.
La tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se almacenará formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas
necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de
restauración posteriores.



7. U
 no de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas
en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de
préstamos, acopios, parques de maquinaría y obras auxiliares deberán contar con las
autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.



8. S
 e restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas
e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así
como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán
quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc.,
debiendo proceder a depositarlo según la legislación correspondiente. La totalidad de
las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.