Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2021050071)
Orden de 12 de mayo de 2021 por la que se convoca el procedimiento de admisión de personas adultas para cursar ciclos de Formación Profesional Básica del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2021/2022.
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NÚMERO 93
Martes, 18 de mayo de 2021

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c) Adjudicar las plazas vacantes de aquellas enseñanzas en las que el número de solicitudes sea menor al número de puestos ofertados.
d) Realizar la baremación aplicando los criterios correspondientes a las enseñanzas en
las que la oferta de plazas vacantes sea inferior al número de solicitudes presentadas,
elaborando y publicando las correspondientes listas provisionales de solicitantes admitidos y no admitidos, clasificados y ordenados en función de los grupos y criterios
de prioridad previstos, todo ello bajo la supervisión y coordinación de la Comisión de
Escolarización.
e) E
 nviar las reclamaciones presentadas como consecuencia del procedimiento recogido
en el apartado anterior, en el plazo establecido, a la Comisión de Escolarización para su
resolución. En otros supuestos será el equipo directivo quien resuelva dichas reclamaciones.
f) Ejecutar y publicar las resoluciones de admisión de alumnado que emita la correspondiente Comisión de Escolarización.
g) Publicar las listas en los tablones de anuncios de los centros.
Artículo 9. Alumnado con derecho a permanencia.
El alumnado matriculado en un Ciclo de Formación Profesional Básica para personas adultas
en el curso 2020/2021 y haya superado alguno de los módulos profesionales de los que estaba matriculado, tendrá derecho a permanecer escolarizado en el mismo ciclo formativo para
el curso 2021/2022 siempre que no manifieste lo contario.
Artículo 10. Matriculación de alumnado con derecho a permanencia.
1. E
 l alumnado con derecho a permanencia interesado en matricularse de nuevos módulos
profesionales no realizará el procedimiento de admisión.
2. La matrícula se podrá formalizar:
a) En los centros educativos autorizados para impartir estas enseñanzas.
b) E
 n la página web de la Consejería de Educación y Empleo, http://educarex.es/eda
c) Cumplimentándolo a través de la secretaría virtual integrada en la Plataforma Educativa
Extremeña “Rayuela”, en la dirección https: //rayuela.educarex.es. El usuario deberá
autentificarse en la pantalla principal de la Plataforma “Rayuela” mediante su clave de
acceso y posteriormente acceder a la Secretaría Virtual. Las claves de acceso a Rayuela
para el alumno que no las tenga se podrán solicitar en cualquier centro educativo de