Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Biocombustibles. Ayudas. (2021061166)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles, (leña de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2020/2021.
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NÚMERO 91
24141
Viernes, 14 de mayo de 2021
4. N
o podrá presentarse más de una solicitud de ayuda por persona beneficiaria y convocatoria.
La inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias como productora o productor de
pimiento en la campaña de la solicitud y en las últimas tres campañas, se comprobará de
oficio, para valorar dicho criterio en su caso.
Cuarto. Subsanación de solicitudes.
Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos, el órgano competente requerirá a la
persona interesada para que la subsane en un plazo máximo e improrrogable de 10 días,
indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución
que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme
a lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Procedimiento de concesión, criterios de valoración de solicitudes y
distribución de las subvenciones.
1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante comparación de
las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo
con los siguientes criterios de prioridad, y baremo de puntuación:
CRITERIO DE PRIORIDAD
PUNTUACIÓN
La persona solicitante ha sido productor de pimiento para pimentón en las últimas
tres campañas.
3
La persona solicitante ha comercializado la producción de pimiento seco, de la
campaña para la que solicita ayuda, bajo Contrato Homologado de pimiento seco
con Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”.
3
La persona solicitante está inscrita como productor de pimiento en la Denominación
de Origen Protegida “Pimentón de La Vera” con fecha anterior a la fecha de
publicación de la convocatoria de ayuda.
2
La persona solicitante está inscrita y con certificado vigente en el Registro de
Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica de pimiento,
con fecha anterior a la fecha publicación de la convocatoria de ayuda.
2
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Viernes, 14 de mayo de 2021
4. N
o podrá presentarse más de una solicitud de ayuda por persona beneficiaria y convocatoria.
La inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias como productora o productor de
pimiento en la campaña de la solicitud y en las últimas tres campañas, se comprobará de
oficio, para valorar dicho criterio en su caso.
Cuarto. Subsanación de solicitudes.
Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos, el órgano competente requerirá a la
persona interesada para que la subsane en un plazo máximo e improrrogable de 10 días,
indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución
que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme
a lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Procedimiento de concesión, criterios de valoración de solicitudes y
distribución de las subvenciones.
1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante comparación de
las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo
con los siguientes criterios de prioridad, y baremo de puntuación:
CRITERIO DE PRIORIDAD
PUNTUACIÓN
La persona solicitante ha sido productor de pimiento para pimentón en las últimas
tres campañas.
3
La persona solicitante ha comercializado la producción de pimiento seco, de la
campaña para la que solicita ayuda, bajo Contrato Homologado de pimiento seco
con Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”.
3
La persona solicitante está inscrita como productor de pimiento en la Denominación
de Origen Protegida “Pimentón de La Vera” con fecha anterior a la fecha de
publicación de la convocatoria de ayuda.
2
La persona solicitante está inscrita y con certificado vigente en el Registro de
Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica de pimiento,
con fecha anterior a la fecha publicación de la convocatoria de ayuda.
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