Consejería De Educación Y Empleo. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2021061162)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022 para talleres profesionales, y para los cursos 2021/2022 y 2022/2023 para talleres específicos.
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Viernes, 14 de mayo de 2021

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c) Encargar al alumno las tareas constitutivas de la práctica profesional en modo suficiente
y apropiado para la mejora de las competencias profesionales previstas, cuyo contenido
mínimo deberá respetar las actuaciones reseñadas en el plan formativo de actividades
contenidas en el Anexo XV.
d) Cumplimentar semanalmente los partes de asistencia Anexo XVII, así como dar traslado
a la entidad promotora de las faltas, o comportamientos inadecuados de los alumnos/
as en prácticas.
e) Evaluar el desarrollo de las prácticas del módulo de FCT, Anexo XVI, realizadas por el
alumnado en base a los criterios e instrumentos definidos en el plan formativo, asimismo colaborará en la supervisión por parte de la entidad promotora.
f) Informar, en su caso, a los representantes de los trabajadores, del contenido específico
del programa formativo que desarrollaran los alumnos/as sujetos a este convenio.
g) Evaluar el desarrollo de las prácticas realizadas por el alumnado, en base a los criterios
e instrumentos definidos en el plan formativo
h) No encubrir o solapar con las actividades de prácticas que deban de realizar los participantes, puesto de trabajo real y efectivo de la empresa.
i) Facilitar a la Consejería con competencias en educación la inspección de las actuaciones
formativas con la finalidad de comprobar la calidad de las mismas y su adecuación al
presente convenio.
j) Entregar a la finalización de las prácticas del módulo de FCT, en colaboración con la entidad promotora, a las personas que hayan participado en las mismas, el cuaderno de
prácticas cumplimentado en el que conste, al menos, la práctica realizada, los contenidos formativos inherentes a la misma, su duración y el período de realización.
2. P
 ARA LA ENTIDAD PROMOTORA
a) Poner en conocimiento de la Dirección General de Formación Profesional y Formación
para el Empleo y del Servicio de Inspección Educativa de la Delegación Provincial correspondiente la fecha de inicio de las prácticas y la relación de alumnos/as que las
llevarán a cabo.
b) Dotar a los alumnos/as de un cuaderno de prácticas donde figurará la rotación por los
diversos puestos de trabajo, las actividades desarrolladas y los objetivos alcanzados,
que contribuirá a la evaluación del módulo de FCT.