Consejería De Educación Y Empleo. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2021061162)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022 para talleres profesionales, y para los cursos 2021/2022 y 2022/2023 para talleres específicos.
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Viernes, 14 de mayo de 2021

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c) Asumir la dirección, supervisión e inspección técnica del módulo de FCT durante toda la
ejecución del proyecto a través de la designación de un responsable, el cual velará por
el cumplimiento del programa de prácticas y trasladará a la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo las incidencias surgidas en el desarrollo
del mismo.
d) Colaborar en la valoración y supervisión final por parte del responsable de prácticas del
contenido y desarrollo de las prácticas, mediante los criterios de evaluación incluido
en el plan formativo de actividades y de evaluación que se acompaña como Anexo al
presente convenio y que forma parte integrante del mismo. A dichos efectos se nombra
como responsable de prácticas a D. _________________________________.
e) Adoptar las medidas necesarias para la protección de los datos personales recabados
con ocasión de la ejecución del presente convenio de conformidad con la Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
f) Suministrar a los participantes adecuada información y orientación sobre los programas
en los que participen.
g) Informar expresamente y por escrito de forma clara y comprensible a los participantes,
de las obligaciones que asumen.
h) Se dispondrá de la correspondiente cobertura legal. Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse deberá ser contemplada a tenor del Seguro contratado por la
entidad promotora para el alumnado del Programa Formativo Específico de Formación
Profesional Básica.
i) Facilitar a la Consejería con competencias en educación la inspección de las actuaciones
formativas con la finalidad de comprobar la calidad de las mismas y su adecuación al
presente convenio.
Cuarta. Exclusión del módulo de FCT.
Supondrá causa de exclusión de las prácticas del módulo de FCT:
a) La acumulación de tres faltas de asistencia no justificadas en un mes.
b) No seguir con aprovechamiento las enseñanzas a juicio del tutor de formación designado por la empresa.
c) La actitud grave de indisciplina del alumno en prácticas.
d) Faltas reiteradas de puntualidad.