Consejería De Educación Y Empleo. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2021061162)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022 para talleres profesionales, y para los cursos 2021/2022 y 2022/2023 para talleres específicos.
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NÚMERO 91
Viernes, 14 de mayo de 2021

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j) Gastos por los seguros de accidentes y responsabilidad civil del alumnado, con el alcance
establecido en el artículo 21.1.d).
k) Gastos de transporte para alumnos, previa autorización de la Comisión de Seguimiento,
en el caso de que las prácticas del módulo de FCT se realicen en una localidad distinta
de la que se desarrolla el programa, de conformidad con lo establecido en el artículo 39
de la presente resolución. En todo caso la entidad deberá procurar que esta fase práctica se realice lo más cerca posible del lugar donde se imparte la formación.
Vigésimo quinto. Gastos no subvencionables.
No serán subvencionables los siguientes gastos:
a) No se subvencionarán en ningún caso las indemnizaciones por fallecimiento ni las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos o ceses, así como los costes derivados de las bajas de los trabajadores bien sean compensados por la Seguridad Social
bien sean asumidos por la entidad beneficiaria.
b) Alquileres de edificios, locales, naves, aulas, etc… y acondicionamiento de los mismos.
c) Manutención y alojamiento por desplazamientos del personal del programa.
d) Adquisición de instalaciones, maquinaria, equipos, medios didácticos inventariables y
mobiliario.
e) A
 rrendamiento financiero (Leasing) de instalaciones, maquinaria, equipos y mobiliario.
f) Gastos financieros en general, como intereses de crédito y préstamos, el impuesto sobre
el valor añadido recuperable, fianzas, las comisiones e intereses bancarios, recargos por
demora de pagos a la Seguridad Social, Hacienda, tasas, etc.
g) Gastos por servicios prestados por la propia entidad.
h) Gastos de asesoría administrativa, contable o laboral.
i) Gastos de obras o servicios realizados por terceros.
j) Gastos de elaboración de plan de prevención de riesgos laborales.
k) Gastos de mantenimiento y reparación del equipamiento, maquinaria y vehículos que la
entidad beneficiaria pone a disposición para la ejecución del programa.
l) Gastos de reparación de instalaciones y mobiliario que la entidad beneficiaria pone a
disposición para la realización del programa.