Consejería De Educación Y Empleo. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2021061162)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022 para talleres profesionales, y para los cursos 2021/2022 y 2022/2023 para talleres específicos.
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Viernes, 14 de mayo de 2021

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h) Supervisar el proceso de admisión, en virtud del artículo 34.2 de la presente resolución.
i) Cualquier otra función que le sea asignada en la presente resolución.
2. En el desempeño de sus funciones la Comisión de Seguimiento realizará al menos dos visitas sobre el terreno durante la ejecución del programa. En la primera reunión se procederá
a su constitución y a la definición del plan de trabajo y en la última, una vez concluido el
programa, a la aprobación de la memoria final elaborada por el profesorado responsable
del mismo según lo establecido en el artículo 42.2.a).
3. Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión se reunirá cuantas veces sean necesarias para el
cumplimiento de las funciones asignadas.
4. De cada reunión la Comisión levantará el acta correspondiente y remitirá un original a la
Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo.
Vigésimo primero. Obligaciones de los beneficiarios.
1. L
 os beneficiarios de las ayudas reguladas por la presente resolución están sometidos a
las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y además
deberán:
a) Realizar, en su caso, la selección de los formadores, que en el caso de las entidades
públicas se realizará mediante oferta pública en la modalidad de concurso-oposición.
b) Poner a disposición del programa las instalaciones necesarias y adecuadas al perfil del
alumnado, garantizando su mantenimiento y el material necesario para el correcto funcionamiento del programa.
c) Presentar la totalidad de la documentación pedagógica y económica conforme a lo previsto en esta resolución.
d) Contratar un seguro de accidentes y responsabilidad civil para el alumnado, que incluirá
el riesgo de accidente “in itinere”, para todo el desarrollo del programa, incluidas las
prácticas del módulo de FCT.
e) Prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de
las actuaciones de inspección, control y verificación que establezca la Consejería de
Educación y Empleo.
f) Facilitar la incorporación de los formadores que desarrollen el programa a las actividades
formativas e informativas que, dirigida a ellos, organice la Consejería de Educación y
Empleo.