Consejería De Educación Y Empleo. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2021061162)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022 para talleres profesionales, y para los cursos 2021/2022 y 2022/2023 para talleres específicos.
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NÚMERO 91
Viernes, 14 de mayo de 2021



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— Una persona representante del Servicio de Inspección Educativa o persona en que
delegue.



— Una persona representante del Servicio de Atención a la Diversidad o persona en que
delegue.



— Una persona representante del Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia que ejercerá las funciones de secretaría o persona en que delegue.

3. La designación de los miembros de la Comisión de Selección deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura mediante resolución del titular de la Consejería de Educación y
Empleo, con anterioridad al inicio de sus actuaciones.
4. La Comisión de Selección se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo
dispuesto para los órganos colegiados en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5. Los miembros de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimotercero. Funciones de la Comisión de Selección.
La Comisión de Selección tendrá las siguientes atribuciones:
a) Petición de informes y documentos que se estimen necesarios para un mejor conocimiento y valoración de las solicitudes, dentro de los límites establecidos por el artículo
53 d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
b) Formular el informe en que se concrete el resultado de la evaluación efectuada para elevarlo al órgano instructor, que deberá emitir la correspondiente propuesta de resolución.
c) Propuesta de adscripción de los programas concedidos a los centros docentes públicos
correspondientes, en función de su ámbito de actuación.
Decimocuarto. Criterios de valoración de solicitudes.
1. La Comisión de Selección realizará la valoración del programa incluido en la solicitud de la
entidad.
2. La Comisión de Selección deberá determinar de forma razonada si el proyecto de actuación
presentado por la entidad es apto o no apto, en función de lo establecido en el artículo 9
de esta resolución.