Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Desarrollo Industrial. Ayudas. (2021061293)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio de 2021, de las ayudas extraordinarias destinadas a la contención sanitaria de la COVID19 a través de apoyo a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 88
Martes, 11 de mayo de 2021

23511

3. E
 l plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de dos meses contados a
partir de la fecha de cierre del plazo previsto en esta convocatoria para solicitar la subvención. Si transcurrido el plazo máximo el órgano competente para resolver no hubiera
notificado la resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada su
solicitud por silencio administrativo.
La resolución no pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso
de alzada ante la persona titular de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, según lo dispuesto
en los artículos 120, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas., y el artículo 101 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Décimo cuarto. Liquidación y justificación de la ayuda.
1. L
 a empresa beneficiaria deberá justificar la ejecución del proyecto en el plazo máximo
de los tres meses siguientes a la fecha de su finalización. Esta justificación se presentará
mediante la cumplimentación del anexo IV de esta Resolución, junto con la documentación
que se relaciona:
1.1 Justificación documental que acredite el requisito de publicidad exigido en la resolución
individual de concesión de la ayuda.
1.2 Cuando sean imputables gastos de personal al proyecto, se presentarán los siguientes
documentos:


a) Certificado de la Seguridad Social relativo a la vida laboral de todas las cuentas
de cotización de la empresa beneficiaria en los que hayan estado en alta los trabajadores imputados al proyecto y con respecto a todo el periodo de ejecución.



b) Certificado firmado por el representante legal de la empresa donde se detallen las
horas y trabajos realizados por cada uno de los trabajadores imputado al proyecto
durante su vigencia, que coincidirá con la información de los partes de trabajo
que deberán emitirse al efecto.

1.3 Declaración de la existencia de contabilidad separada (o de disponer de código contable adecuado) para los gastos imputados al proyecto financiado y declaración de que
el personal imputado al proyecto ha sido informado por escrito de que su salario está
financiado con cargo a fondos FEDER conforme al anexo V.