Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021061333)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones del Programa de vivienda protegida autopromovida, general o ampliable, correspondiente a los ejercicios 2021 y 2022.
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NÚMERO 87
Lunes, 10 de mayo de 2021
23319
En caso de no estar obligado a presentar la citada declaración, deberá aportar certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que así lo acredite.
Si se hubiesen obtenido ingresos exentos o no sujetos a tributación por IRPF, deberá
aportarse resolución o certificado del organismo público competente, que acredite los
importes percibidos.
f) Nota simple expedida por el Registro de la Propiedad, que acredite la titularidad del pleno dominio de un suelo, del derecho de vuelo o del derecho real de superficie, que sea
física y jurídicamente apto para edificar la vivienda protegida autopromovida.
g) Cédula urbanística expedida por el Ayuntamiento, referida al suelo sobre el que se
pretende construir la vivienda protegida, con expresa indicación de si se trata de casco
urbano consolidado, y haciendo constar los servicios urbanísticos con que cuenta dicho
suelo, incluidos pavimentación y acerado. En su caso, se aportará certificado municipal
que acredite la posibilidad de simultanear las obras de urbanización y edificación, conforme a las exigencias contenidas en la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
h) C
ertificado del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria o de la unidad administrativa competente, en el que se hagan constar los bienes inmuebles de naturaleza
urbana de los que las personas solicitantes sean titulares o cotitulares del pleno dominio
o del derecho real de uso y disfrute.
i) Copia de la resolución judicial que acredite la atribución definitiva del uso y disfrute de la
vivienda que constituía el domicilio conyugal, en caso de separación, nulidad o divorcio,
en su caso.
j) Copia de la sentencia firme que acredite que alguno de los autopromotores o de los
miembros de su unidad de convivencia ha sufrido violencia de género, física o psicológica, en su caso.
k) Copia del documento acreditativo del grado de discapacidad que padece alguno de los
autopromotores o de los miembros de su unidad de convivencia, emitido por el Centro
de Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX) o por los órganos competentes
de otras Administraciones Públicas, en su caso.
l) Copia del certificado de víctima de violencia de terrorismo, que acredite que alguno de
los autopromotores o de los miembros de su unidad de convivencia reúne dicha condición, en su caso.
m) Copia del certificado acreditativo de la condición de familia numerosa, en su caso.
Lunes, 10 de mayo de 2021
23319
En caso de no estar obligado a presentar la citada declaración, deberá aportar certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que así lo acredite.
Si se hubiesen obtenido ingresos exentos o no sujetos a tributación por IRPF, deberá
aportarse resolución o certificado del organismo público competente, que acredite los
importes percibidos.
f) Nota simple expedida por el Registro de la Propiedad, que acredite la titularidad del pleno dominio de un suelo, del derecho de vuelo o del derecho real de superficie, que sea
física y jurídicamente apto para edificar la vivienda protegida autopromovida.
g) Cédula urbanística expedida por el Ayuntamiento, referida al suelo sobre el que se
pretende construir la vivienda protegida, con expresa indicación de si se trata de casco
urbano consolidado, y haciendo constar los servicios urbanísticos con que cuenta dicho
suelo, incluidos pavimentación y acerado. En su caso, se aportará certificado municipal
que acredite la posibilidad de simultanear las obras de urbanización y edificación, conforme a las exigencias contenidas en la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
h) C
ertificado del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria o de la unidad administrativa competente, en el que se hagan constar los bienes inmuebles de naturaleza
urbana de los que las personas solicitantes sean titulares o cotitulares del pleno dominio
o del derecho real de uso y disfrute.
i) Copia de la resolución judicial que acredite la atribución definitiva del uso y disfrute de la
vivienda que constituía el domicilio conyugal, en caso de separación, nulidad o divorcio,
en su caso.
j) Copia de la sentencia firme que acredite que alguno de los autopromotores o de los
miembros de su unidad de convivencia ha sufrido violencia de género, física o psicológica, en su caso.
k) Copia del documento acreditativo del grado de discapacidad que padece alguno de los
autopromotores o de los miembros de su unidad de convivencia, emitido por el Centro
de Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX) o por los órganos competentes
de otras Administraciones Públicas, en su caso.
l) Copia del certificado de víctima de violencia de terrorismo, que acredite que alguno de
los autopromotores o de los miembros de su unidad de convivencia reúne dicha condición, en su caso.
m) Copia del certificado acreditativo de la condición de familia numerosa, en su caso.