Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Especies Exóticas Invasoras. (2021050065)
Orden de 29 de abril de 2021 por la que se aprueba el protocolo para el control y/o erradicación del avispón asiático (Vespa velutina) en Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 87
Lunes, 10 de mayo de 2021
23165
E
n el caso de las actuaciones de retirada de nidos es necesario distinguir dos procedimientos diferentes dependiendo de la localización del nido:
a) Cuando el nido se localice dentro de un núcleo urbano de población, la retirada de
los nidos detectados e identificados en este ámbito, será competencia de las administraciones locales/bomberos.
b) Cuando el nido aparezca en el medio natural o zonas no habitadas: el criterio principal para la eliminación de un nido de avispón asiático será su localización respecto
a una explotación de apicultura. De acuerdo con ello, en caso de haber varios nidos
en una misma área, se establece como prioridad la eliminación de aquellos nidos que
estén dentro de un buffer de 5 km en torno a las colmenas, sin perjuicio de que desde la Consejería se determine puntualmente la eliminación de nidos en otras circunstancias que así lo aconsejen. Las actuaciones de retirada y destrucción se llevarán a
cabo con los medios materiales y humanos de la propia Consejería para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad a través de uno o varios equipos de intervención.
N
o obstante, los nidos de avispón asiático podrán ser retirados también por empresas
que cuenten con los medios adecuados y cumplan los condicionantes establecidos por la
legislación en materia laboral y mercantil o por las administraciones locales, de protección
civil o por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
T
ras la retirada o eliminación de nidos deberá realizarse un registro de los mismos a través
de la cumplimentación de una ficha (Anexo 2) y envío al Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.
P
rocedimiento para la eliminación de nidos
L
a eliminación de los nidos se realizará al atardecer o bien durante las primeras horas de
la mañana, con objeto de que en el nido se encuentren el mayor número de avispones en
su interior, siendo también menos activas y agresivas a estas horas.
S
iempre que las circunstancias lo permitan, por su sencillez, se realizará la retirada a
través de procedimiento mecánico. Este consistirá en tapar rápidamente el orificio de entrada del nido, y a continuación, envolver el nido en un recipiente (bolsa o contenedor),
que ofrezca una resistencia que impida que los avispones lo perforen. Tras descolgar el
nido éste será destruido (uno de los métodos sugeridos puede ser la congelación durante
48 horas como mínimo.
E
l uso de explosivos solo será autorizado cuando las circunstancias lo permitan e indiquen
que este método es la única opción, además de realizarse por personas con la formación
y permisos establecidos. Para poder usarlos, se debe tener autorización de la Delegación
Lunes, 10 de mayo de 2021
23165
E
n el caso de las actuaciones de retirada de nidos es necesario distinguir dos procedimientos diferentes dependiendo de la localización del nido:
a) Cuando el nido se localice dentro de un núcleo urbano de población, la retirada de
los nidos detectados e identificados en este ámbito, será competencia de las administraciones locales/bomberos.
b) Cuando el nido aparezca en el medio natural o zonas no habitadas: el criterio principal para la eliminación de un nido de avispón asiático será su localización respecto
a una explotación de apicultura. De acuerdo con ello, en caso de haber varios nidos
en una misma área, se establece como prioridad la eliminación de aquellos nidos que
estén dentro de un buffer de 5 km en torno a las colmenas, sin perjuicio de que desde la Consejería se determine puntualmente la eliminación de nidos en otras circunstancias que así lo aconsejen. Las actuaciones de retirada y destrucción se llevarán a
cabo con los medios materiales y humanos de la propia Consejería para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad a través de uno o varios equipos de intervención.
N
o obstante, los nidos de avispón asiático podrán ser retirados también por empresas
que cuenten con los medios adecuados y cumplan los condicionantes establecidos por la
legislación en materia laboral y mercantil o por las administraciones locales, de protección
civil o por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
T
ras la retirada o eliminación de nidos deberá realizarse un registro de los mismos a través
de la cumplimentación de una ficha (Anexo 2) y envío al Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.
P
rocedimiento para la eliminación de nidos
L
a eliminación de los nidos se realizará al atardecer o bien durante las primeras horas de
la mañana, con objeto de que en el nido se encuentren el mayor número de avispones en
su interior, siendo también menos activas y agresivas a estas horas.
S
iempre que las circunstancias lo permitan, por su sencillez, se realizará la retirada a
través de procedimiento mecánico. Este consistirá en tapar rápidamente el orificio de entrada del nido, y a continuación, envolver el nido en un recipiente (bolsa o contenedor),
que ofrezca una resistencia que impida que los avispones lo perforen. Tras descolgar el
nido éste será destruido (uno de los métodos sugeridos puede ser la congelación durante
48 horas como mínimo.
E
l uso de explosivos solo será autorizado cuando las circunstancias lo permitan e indiquen
que este método es la única opción, además de realizarse por personas con la formación
y permisos establecidos. Para poder usarlos, se debe tener autorización de la Delegación