Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Especies Exóticas Invasoras. (2021050067)
Orden de 29 de abril de 2021 por la que se aprueba el protocolo para el control y/o erradicación de Acacia dealbata (Mimosa) y Ailanthus altissima (Ailanto) en Extremadura.
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NÚMERO 87
Lunes, 10 de mayo de 2021
23125
8.4. Retirada y eliminación de restos.
Nunca debe realizarse quema de restos vegetales en las áreas invadidas, ya que las semillas del ailanto son pirófitas, por lo que el fuego favorece su germinación.
Tampoco es recomendable triturar restos de poda mediante el uso de picadoras, ya que
esta especie emite sustancias alelopáticas que se incorporarían rápidamente al suelo, inhibiendo la germinación de semillas de especies autóctonas.
Es recomendable el transporte y destrucción de restos vegetales en centros de biomasa o
gestores de residuos autorizados.
8.5. Esfuerzo necesario para el control/erradicación.
En este apartado se estima el esfuerzo necesario para realizar los trabajos de control/
erradicación propuestas en las zonas de trabajo definidas anteriormente.
En el Proyecto LIFE+INVASEP, se ha realizado un análisis económico de las actuaciones necesarias para la eliminación de los rodales inventariados, teniendo en cuenta las distintas
fases que se describen en el Manual Técnico para la gestión de Acacia dealbata y Ailanthus
altissima (Capitulo. 6 de ambos Manuales).
Si bien hay que decir, que los datos ofrecidos anteriormente, son los costes de la acción,
dado que la titularidad de las principales zonas son vía de comunicación (Demarcación de
carreteras del Estado, Diputaciones y Junta de Extremadura), deben ser estos organismos
públicos quienes dentro de sus presupuestos se consideren este esfuerzo (sin olvidar que los
presupuesto que se aprueban cada año, pueden tener distinto orígenes y distintos fines).
Se deberán crear grupos de trabajo, dentro de las competencias de la Junta de Extremadura, para actuar dentro de los espacios protegidos, debiendo ser el personal adscrito a
estos espacios protegidos, los que deban llevar a cabo el proceso de erradicación.
Es importante señalar, en este caso, la responsabilidad ambiental que corresponde a particulares y entidades menores, expresamente marcada en el Real Decreto 630/2013, de 2
de agosto, en cuya Disposición Transitoria Quinta recoge:
• “Especies vegetales en posesión de particulares o ubicados en parques urbanos, jardines
públicos o jardines botánicos”.
Los ejemplares de las especies de plantas incluidas en el catálogo en posesión de particulares o ubicados en parques urbanos, jardines públicos o jardines botánicos, adquiridos
antes de la entrada en vigor de este Real Decreto, podrán seguir siendo mantenidos por
Lunes, 10 de mayo de 2021
23125
8.4. Retirada y eliminación de restos.
Nunca debe realizarse quema de restos vegetales en las áreas invadidas, ya que las semillas del ailanto son pirófitas, por lo que el fuego favorece su germinación.
Tampoco es recomendable triturar restos de poda mediante el uso de picadoras, ya que
esta especie emite sustancias alelopáticas que se incorporarían rápidamente al suelo, inhibiendo la germinación de semillas de especies autóctonas.
Es recomendable el transporte y destrucción de restos vegetales en centros de biomasa o
gestores de residuos autorizados.
8.5. Esfuerzo necesario para el control/erradicación.
En este apartado se estima el esfuerzo necesario para realizar los trabajos de control/
erradicación propuestas en las zonas de trabajo definidas anteriormente.
En el Proyecto LIFE+INVASEP, se ha realizado un análisis económico de las actuaciones necesarias para la eliminación de los rodales inventariados, teniendo en cuenta las distintas
fases que se describen en el Manual Técnico para la gestión de Acacia dealbata y Ailanthus
altissima (Capitulo. 6 de ambos Manuales).
Si bien hay que decir, que los datos ofrecidos anteriormente, son los costes de la acción,
dado que la titularidad de las principales zonas son vía de comunicación (Demarcación de
carreteras del Estado, Diputaciones y Junta de Extremadura), deben ser estos organismos
públicos quienes dentro de sus presupuestos se consideren este esfuerzo (sin olvidar que los
presupuesto que se aprueban cada año, pueden tener distinto orígenes y distintos fines).
Se deberán crear grupos de trabajo, dentro de las competencias de la Junta de Extremadura, para actuar dentro de los espacios protegidos, debiendo ser el personal adscrito a
estos espacios protegidos, los que deban llevar a cabo el proceso de erradicación.
Es importante señalar, en este caso, la responsabilidad ambiental que corresponde a particulares y entidades menores, expresamente marcada en el Real Decreto 630/2013, de 2
de agosto, en cuya Disposición Transitoria Quinta recoge:
• “Especies vegetales en posesión de particulares o ubicados en parques urbanos, jardines
públicos o jardines botánicos”.
Los ejemplares de las especies de plantas incluidas en el catálogo en posesión de particulares o ubicados en parques urbanos, jardines públicos o jardines botánicos, adquiridos
antes de la entrada en vigor de este Real Decreto, podrán seguir siendo mantenidos por