Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Especies Exóticas Invasoras. (2021050067)
Orden de 29 de abril de 2021 por la que se aprueba el protocolo para el control y/o erradicación de Acacia dealbata (Mimosa) y Ailanthus altissima (Ailanto) en Extremadura.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 87
Lunes, 10 de mayo de 2021

23119

De manera generalizada, los diferentes escenarios que pueden encontrarse en el territorio
extremeño y la posibilidad de aplicación de productos fitosanitarios se esquematizan en la
siguiente figura.

Figura 1. Diferentes escenarios presentes en las áreas invadidas por Ailanthus altissima y aplicabilidad de productos
fitosanitarios en función de la legislación actual vigente.

En entornos agroforestales o naturales, en ausencia de espacios naturales protegidos, especies sensibles o masas de agua, son aplicables los productos fitosanitarios siempre que
se respeten los condicionantes establecidos en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible
de los productos fitosanitarios.
En entornos protegidos o espacios naturales con especies sensibles es necesario consultar
a los organismos competentes y, en principio, se descarta el uso de glifosato como herbicida, siguiendo la recomendación de la Asamblea de Extremadura. su aplicación podrá variar
en función de la zonificación que marcan los planes de gestión de la Red Natura 2000, en
base al decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se Regula la Red Ecológica Europea
Natura 2000 en Extremadura.
Para escenarios pertenecientes al dominio público hidráulico es necesario consultar a la
confederación hidrográfica correspondiente, quedando descartado su uso en masas de
agua.

En zonas urbanas está vigente la propuesta de la Asamblea de Extremadura, de fecha 10 de
marzo de 2016, y las normativas locales vigentes, por lo que pueden darse diversos escenarios.
Para la red de carreteras, donde se alojan importantes rodales de Acacia dealbata y Ailanthus altissima, la competencia corresponde a diversos organismos (Demarcación de
carreteras del Estado, Diputaciones y Junta de Extremadura) en función de su tipología, y
por tanto es necesario obtener las autorizaciones ambientales reglamentarias.