Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos.- (2021061283)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de sector "Comercio de alimentación (mayor y menor) de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 84
Miércoles, 5 de mayo de 2021
22345
Para el año 2020
753.65 euros anuales
68.52 euros por once mensualidades
Para el año 2021
763.44 euros anuales
69.41 euros por once mensualidades
Para el año 2022
773.37 euros anuales
70.31 euros por once mensualidades
La cuantía del plus de transporte es única para todos los trabajadores y trabajadoras, independientemente de la jornada laboral que realicen.
A partir del mes siguiente a la publicación en el DOE del presente convenio, el concepto de
plus de transporte, será sustituido por el denominado Plus de Convenio en la misma cuantía
anual que corresponda a la del plus de transporte en la fecha de publicación pasando a ser
abonado en 12 mensualidades, por tanto, será abonado en vacaciones. Este plus no será, ni
compensable ni absorbible y complementará en caso de IT. Quedando las cantidades del Plus
de Convenio como a continuación se indican
Para el año 2021
763.44 euros anuales
63.62 euros por doce mensualidades
Para el año 2022
773.37 euros anuales
64.45 euros por doce mensualidades
La cuantía del plus convenio es única para todos los trabajadores y trabajadoras, independientemente de la jornada laboral que realicen.
Artículo 38:
En lo no previsto en este convenio se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores,
Ley de Igualdad y demás leyes concordantes.
Artículo 39: Definición de categorías.
Director/a. Es quien, a las órdenes inmediatas de la empresa y participando en la elaboración de la política de la misma, dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades de la
dirección a su cargo.
Jefe/a de Compras. Es el que realiza de modo permanente, bien en los centros productores
o en otros establecimientos, las compras generales de las mercancías que son objeto de la
actividad comercial de la empresa.
Miércoles, 5 de mayo de 2021
22345
Para el año 2020
753.65 euros anuales
68.52 euros por once mensualidades
Para el año 2021
763.44 euros anuales
69.41 euros por once mensualidades
Para el año 2022
773.37 euros anuales
70.31 euros por once mensualidades
La cuantía del plus de transporte es única para todos los trabajadores y trabajadoras, independientemente de la jornada laboral que realicen.
A partir del mes siguiente a la publicación en el DOE del presente convenio, el concepto de
plus de transporte, será sustituido por el denominado Plus de Convenio en la misma cuantía
anual que corresponda a la del plus de transporte en la fecha de publicación pasando a ser
abonado en 12 mensualidades, por tanto, será abonado en vacaciones. Este plus no será, ni
compensable ni absorbible y complementará en caso de IT. Quedando las cantidades del Plus
de Convenio como a continuación se indican
Para el año 2021
763.44 euros anuales
63.62 euros por doce mensualidades
Para el año 2022
773.37 euros anuales
64.45 euros por doce mensualidades
La cuantía del plus convenio es única para todos los trabajadores y trabajadoras, independientemente de la jornada laboral que realicen.
Artículo 38:
En lo no previsto en este convenio se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores,
Ley de Igualdad y demás leyes concordantes.
Artículo 39: Definición de categorías.
Director/a. Es quien, a las órdenes inmediatas de la empresa y participando en la elaboración de la política de la misma, dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades de la
dirección a su cargo.
Jefe/a de Compras. Es el que realiza de modo permanente, bien en los centros productores
o en otros establecimientos, las compras generales de las mercancías que son objeto de la
actividad comercial de la empresa.