Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061194)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Carmonita (Badajoz).
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 84
Miércoles, 5 de mayo de 2021
22373
A continuación, se indican las determinaciones, medidas o condiciones finales a incluir en
el Plan General Municipal de Carmonita:
— El Plan General Municipal de Carmonita deberá incluir las condiciones que recoge la
declaración ambiental estratégica, así como las medidas y actuaciones del estudio ambiental estratégico, mientras no sean contradictorias con las primeras. También deberá
tener en cuenta y recoger todas las condiciones expuestas por las diferentes Administraciones Públicas consultadas.
— El Plan General Municipal de Carmonita deberá cumplir con todo lo establecido en la
normativa sectorial vigente en las materias de biodiversidad, población, salud humana,
fauna, flora, tierra, agua, aire, factores climáticos, bienes materiales, patrimonio cultural, incluido el patrimonio histórico, paisaje, la ordenación del territorio y el urbanismo.
— Asimismo, se entiende que el objeto de las determinaciones es evitar afecciones sobre
el medio ambiente, por ello se adoptarán las necesarias para evitar que se produzcan
efectos ambientales significativos sobre los factores ambientales implicados en la evaluación.
— El Plan General Municipal de Carmonita deberá cumplir con todo lo establecido en la
normativa sectorial autonómica vigente, la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
—
El Plan General Municipal de Carmonita deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley
42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
— Los crecimientos propuestos de Suelo Urbano No Consolidado y Suelo Urbanizable se
consideran ambientalmente compatibles, por todas las razones expuestas en la presente propuesta de declaración ambiental estratégica.
— Para el desarrollo urbanístico del Sector SUB-1.1 se deberá dar cumplimiento al informe
que la Confederación Hidrográfica del Guadiana emitió con fecha 12-12-2013, lo que
supone que la cota de la urbanización sea igual o superior a la de 353 msnm.
— Deberá obtenerse la concesión de aguas públicas para el abastecimiento poblacional que
se encuentra en trámite.
— Debe procederse a la mejora, renovación y/o rehabilitación de las redes de infraestructuras del servicio de abastecimiento, con el objeto de reducir el exceso de pérdidas en
la misma.
Miércoles, 5 de mayo de 2021
22373
A continuación, se indican las determinaciones, medidas o condiciones finales a incluir en
el Plan General Municipal de Carmonita:
— El Plan General Municipal de Carmonita deberá incluir las condiciones que recoge la
declaración ambiental estratégica, así como las medidas y actuaciones del estudio ambiental estratégico, mientras no sean contradictorias con las primeras. También deberá
tener en cuenta y recoger todas las condiciones expuestas por las diferentes Administraciones Públicas consultadas.
— El Plan General Municipal de Carmonita deberá cumplir con todo lo establecido en la
normativa sectorial vigente en las materias de biodiversidad, población, salud humana,
fauna, flora, tierra, agua, aire, factores climáticos, bienes materiales, patrimonio cultural, incluido el patrimonio histórico, paisaje, la ordenación del territorio y el urbanismo.
— Asimismo, se entiende que el objeto de las determinaciones es evitar afecciones sobre
el medio ambiente, por ello se adoptarán las necesarias para evitar que se produzcan
efectos ambientales significativos sobre los factores ambientales implicados en la evaluación.
— El Plan General Municipal de Carmonita deberá cumplir con todo lo establecido en la
normativa sectorial autonómica vigente, la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
—
El Plan General Municipal de Carmonita deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley
42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
— Los crecimientos propuestos de Suelo Urbano No Consolidado y Suelo Urbanizable se
consideran ambientalmente compatibles, por todas las razones expuestas en la presente propuesta de declaración ambiental estratégica.
— Para el desarrollo urbanístico del Sector SUB-1.1 se deberá dar cumplimiento al informe
que la Confederación Hidrográfica del Guadiana emitió con fecha 12-12-2013, lo que
supone que la cota de la urbanización sea igual o superior a la de 353 msnm.
— Deberá obtenerse la concesión de aguas públicas para el abastecimiento poblacional que
se encuentra en trámite.
— Debe procederse a la mejora, renovación y/o rehabilitación de las redes de infraestructuras del servicio de abastecimiento, con el objeto de reducir el exceso de pérdidas en
la misma.