Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas.- (2021061202)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña 2021/2022.
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NÚMERO 81
Viernes, 30 de abril de 2021

21666

Transformación de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
y aquellas Sociedades que tengan en sus estatutos la entrega de vino, y con un volumen mínimo de comercialización en la declaración de producción de la última campaña
de comercialización anterior al año de presentación de la solicitud de 1.000 hectolitros,
siempre y cuando presenten la solicitud de ayudas de forma colectiva, obtendrán 3
puntos.
6º. S
 olicitantes en los que todas las parcelas a reestructurar no han tenido ninguna ayuda
a la reestructuración o reconversión del viñedo en programas anteriores, independientemente de que el beneficiario o beneficiaria sea o no el mismo que solicita las ayudas
en esta convocatoria, obtendrán 3 puntos.
7º. S
 olicitantes de ayuda que a fecha 1 de enero de 2021 pertenezcan a cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación y organizaciones profesionales agrarias no elaboradoras de vino inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, en
el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio o, en el caso de las organizaciones profesionales
agrarias, en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, o en el Registro de Asociaciones Empresariales y Organizaciones Sindicales o
en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos, ambos de la
Consejería de Educación y Empleo, que no estén incluidas en el punto 5.º, siempre y
cuando presenten la solicitud de ayudas de forma colectiva, obtendrán 2 puntos.
8º. S
 olicitantes que a fecha de 1 de enero de 2021 tengan inscritas en Denominación de
Origen todas las parcelas de viñedo de su explotación o al menos las parcelas de viñedo de su explotación con variedades coincidentes a las que en el proyecto solicitan
como reestructuradas o reconvertidas, obtendrán 2 puntos.
9º. P
 or la presentación colectiva de solicitudes, cada solicitud individual presentada de
esta manera obtendrá 1 punto.
10º. Solicitantes que habiendo presentado solicitud en las dos campañas anteriores, no
hayan recibido ayuda, obtendrán 1 punto.
En ningún caso podrá aplicarse simultáneamente los criterios de valoración previstos en los
puntos 5.º y 7.º, de manera que por pertenencia a estas entidades solo podrá obtenerse
un máximo de 3 puntos.
S
 e subvencionarán aquellas solicitudes que reuniendo los requisitos establecidos hayan
obtenido una mayor valoración en aplicación de dichos criterios, teniendo como límite la
cuantía global del crédito presupuestario existente.