Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas.- (2021061202)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña 2021/2022.
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NÚMERO 81
Viernes, 30 de abril de 2021



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IV. Título en Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Técnica Agrícola o Licenciatura en Enología, o grado equivalente, de la persona representante o que represente a las de
las viticultoras y viticultores, o acreditación de estar en condiciones de obtener
dicho título por haber finalizado la formación exigida para su obtención.



V. Copia de la póliza del seguro de daños y responsabilidad civil de la persona jurídica que ha designado a la representante, vigente en el momento de la presentación de la solicitud y justificante bancario del pago de la misma.

Quinto. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de la subvención se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva y convocatoria de carácter periódico.
Esta resolución de convocatoria, junto con su extracto, será publicada en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Extremadura, conforme dispone el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo
20. 2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Asimismo, de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con el artículo 11.1 de la
Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, se publicará dentro del
Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura, en la sede electrónica corporativa de
la Junta de Extremadura, http://sede.gobex.es, y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana el texto íntegro de la resolución de convocatoria y las
subvenciones concedidas, con indicación de la relación de las personas beneficiarias, el
importe de las ayudas y la identificación de la normativa reguladora.
2. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento es el Servicio de
Ayudas Sectoriales de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, que realizará de oficio cuantas
actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los
datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.
E
 l órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración,
elevará propuesta de resolución a la Secretaría General de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, que en el plazo máximo de seis meses, desde la
finalización del plazo de presentación de solicitudes, dictará y notificará de manera individualizada la correspondiente resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicha resolución será puesta a disposición de la persona interesada en la
página web https://arado.juntaex.es/laboreo/, a través de la iniciativa ARADO.