Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061189)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para instalación destinada a planta de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, (CAT), promovida por Card Morales, SL, en el término municipal de Torremejía (Badajoz).
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NÚMERO 81
Viernes, 30 de abril de 2021

21741

L
 a parcela en cuestión se encuentra dentro de la MASb “Tierra de Barros” declarada en
riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico, con entrada en vigor del 18
de septiembre de 2015 (ver anuncio publicado en el BOE n.º 223, de 17 de septiembre
de 2015).
D
 e acuerdo con la determinación 2ª del mencionado anuncio, “se suspende el derecho
establecido en el artículo 54.2 del TRLA para la apertura de nuevas captaciones, y no se
otorgarán autorizaciones”.
N
 o obstante, en la citada declaración, se recoge que “en el programa de Actuación de
la MASb se podrá prever un régimen de autorización, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 171.5 b) del Reglamento del DPH”. Así mismo, se exceptúa de las limitaciones establecidas en la Declaración en riesgo, entre otros, el supuesto de que “las aguas
alumbrar se destinen a uso industrial y ganadero de pequeña cuantía hasta agotar las
reservas de las asignaciones establecidas en el Plan Hidrológico de la parte española de
la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn)”.
P
 or tanto, tras la declaración de la MASb en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico, a menos que el Programa de Actuación de la MASb “Tierra de Barros”
prevea un régimen de autorización, el promotor deberá solicitar una concesión de aguas
subterráneas para uso industrial de pequeña cuantía.
E
 n cualquier caso, se estará a lo dispuesto en la resolución del organismo en el citado
procedimiento de otorgamiento de concesión.
S
 egún lo dispuesto en la Orden ARM71312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan
los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por
los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los vertidos
al mismo, para el control del volumen derivado por las captaciones de agua del DPH, el
titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados realmente (contador o aforador).
V
 ertidos al Dominio Público Hidráulico.
S
 egún la documentación aportada “la red de saneamiento será separativa”. Se distinguen
las siguientes:
L
 a red de evacuación de aguas negras. Estará formada por tuberías de PVC de distintos
diámetros dependiendo de nuestras necesidades y con una pendiente del 2%, como fija
el CTE en su DB-HS5. Se iniciará con arquetas no registrables ubicadas en la edificación,
para dirigirse a través de tuberías de PVC a la fosa séptica proyectada para ello.