Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061147)
Resolución de 21 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Hacienda, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de Extremadura, en aplicación de lo establecido en el artículo 4.4 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
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NÚMERO 79
Miércoles, 28 de abril de 2021

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actividades económicas en las que hubieran aplicado el método de estimación directa
para su determinación o si ha resultado negativa en dicho ejercicio la base imponible
del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto de la Renta de no Residentes, antes
de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de bases imponibles
negativas.
4. Información sobre si el solicitante se encuentra de alta en el Censo de empresarios,
profesionales y retenedores, y para el supuesto de que se haya producido el alta o la
baja en 2019 o 2020, información sobre las fechas de alta y de baja en dicho Censo, y
causa de la baja.
5. En relación con los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen
de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros y que desarrollen su
actividad económica en más de un territorio autonómico o en más de una Ciudad Autónoma, información de la caída de la actividad en el territorio, atendiendo al peso de las
retribuciones de trabajo personal satisfechas a los trabajadores con que cuenten en el
mismo, en aplicación de lo dispuesto en la Orden HAC/348/2021, de 12 de abril.
6. I nformación disponible sobre el reparto de dividendos por el solicitante durante 2021 o
2022.
7. Información sobre el mantenimiento de la actividad económica del solicitante hasta
el 30 de junio de 2022, con indicación de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas
(CNAE -09-) que se consideren equivalentes en los que se clasifique dicha actividad.
C. El Ministerio de Hacienda:
1. En relación con la remisión de la información sobre las convocatorias y los resultados de
las mismas a las que se refiere el apartado A.4 de la presente cláusula, las incidencias
que pudieran surgir serán resueltas por la Comunidad Autónoma con el apoyo del Ministerio de Hacienda.
2. Facilitar el soporte técnico que permita el intercambio de información prevista en el
apartado A.4 de la presente cláusula.
Tercera. Finalidad de la cesión de información.
La cesión de información procedente de la Agencia Tributaria tendrá como finalidad exclusiva
la colaboración con la Comunidad Autónoma para la acreditación de las condiciones y requisitos de elegibilidad y de los criterios para fijación de la cuantía de las ayudas directas a autónomos o empresas de la Línea Covid aprobadas por el Real Decreto-ley 5/2021: