Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos.- (2021061135)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Centro Colaborador en Situación de Dependencia, SL. Centro de Trabajo de La Albuera".
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021

20828

e. Tener cuidado de la sala de máquinas, instalaciones, cuadros eléctricos, transformadores, taller y aquellos materiales que no le sean propios.
f. Tener control del montaje, funcionamiento y desmontaje de estrados, escenarios, asientos, proyector de cine, altavoces, etc. que sean necesarios para el normal desenvolvimiento de actividades del centro.
g. R
 ealizar todas las funciones que tengan señaladas los/as oficiales de los servicios técnicos, y como encargado/a de este departamento, responsabilizarse directamente de los
trabajos efectuados y de su distribución, de la realización y cumplimiento de las órdenes
que le dé la empresa, de recibir los partes de averías de las respectivas jefaturas de
sección.
h. Tener en cuenta que el personal a su cargo cumpla con regularidad su actividad profesional y comunicar a la dirección las faltas que vea.
i. En el ejercicio de su cargo, dar las máximas facilidades para la obtención de una perfecta
formación profesional.
j. Realizará reformas menores en electricidad, fontanería y construcción.
k. En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean pedidas por necesidades de la empresa.
COCINERO/A
Las tareas encomendadas, entre otras, serán las que se detallan a continuación:
a. Se ocupará de la organización, distribución y coordinación de todo el personal adscrito
a la cocina, así como de la elaboración y condimentación de las comidas, con sujeción
al menú y regímenes alimentarios que propondrá para su aprobación a la dirección del
centro y supervisión del departamento médico.
b. Disponer entre el personal de cocina, el montaje de los carros con los menús elaborados.
c. Vigilar el almacenamiento y control de los alimentos, mirando de suministrar los artículos de ésta al almacén, vigilando su estado, que se encargará de sacar, a medida que se
necesite para su confección de los diferentes servicios a realizar.
d. Supervisar el mantenimiento, en perfectas condiciones de limpieza y funcionamiento
de la maquinaria y utensilios propios del departamento tales como: bandejas, hornos,
freidoras, extractores, filtros, cortadoras, ollas, etc.