Otras Resoluciones. Universidad De Extremadura. Personal Docente. Retribuciones.- (2021061137)
Resolución de 20 de abril de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo Social propiciando convocatoria de complementos retributivos adicionales para el personal docente e investigador de la Universidad de Extremadura.
44 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021
20911
La Comisión de Reclamaciones de Evaluación será única para todos los ámbitos de conocimiento y estará compuesta por el Rector, la Vicerrectora competente en los temas de evaluación y cinco profesores más designados por el Rector a propuesta del Consejo de Gobierno.
Modalidad 2. Complementos retributivos de reconocimiento de la labor investigadora.
1. Objeto.
El complemento por méritos de investigación tiene por objeto reconocer y estimular la calidad
en la actividad investigadora del personal docente e investigador de la UEx, así como reconocer la transferencia de la investigación a la sociedad. De acuerdo con el Decreto 203/2013
este complemento está estructurado en seis tramos progresivos a los que se accede en función del número de periodos de investigación reconocidos por parte del órgano de evaluación
competente y de la puntuación obtenida según los criterios de evaluación indicados en el
punto 4.
2. Solicitantes.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 203/2013, para obtener el complemento por
méritos de investigación es necesaria la solicitud previa del interesado, que debe cumplir los
siguientes requisitos mínimos:
1. Tener vinculación permanente a tiempo completo con la Universidad de Extremadura.
2. Tener reconocido por parte del órgano de evaluación competente, a fecha 31 de diciembre de 2020 al menos un período de seis años en la evaluación de su actividad investigadora.
3. P
ertenecer a un grupo de investigación registrado y reconocido por el Sistema Extremeño
de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI).
3. Evaluaciones inicial y posteriores.
1. E
l complemento por méritos de investigación es evaluable y se concederá para un período de 6 años, transcurridos los cuales podrá solicitarse la evaluación de la actividad
investigadora que se haya desarrollado en un nuevo periodo de 6 años. En la primera
evaluación el solicitante podrá optar por someter a evaluación los seis últimos años
(2015 a 2020 ambos incluidos) o toda su trayectoria investigadora. En ambos casos la
finalización del período a evaluar se establece hasta el 31 de diciembre del año anterior
al que se solicita la evaluación. Cuando el solicitante opte por la valoración de toda su
trayectoria investigadora, aquella se realizará ponderando proporcionalmente la pun-
Martes, 27 de abril de 2021
20911
La Comisión de Reclamaciones de Evaluación será única para todos los ámbitos de conocimiento y estará compuesta por el Rector, la Vicerrectora competente en los temas de evaluación y cinco profesores más designados por el Rector a propuesta del Consejo de Gobierno.
Modalidad 2. Complementos retributivos de reconocimiento de la labor investigadora.
1. Objeto.
El complemento por méritos de investigación tiene por objeto reconocer y estimular la calidad
en la actividad investigadora del personal docente e investigador de la UEx, así como reconocer la transferencia de la investigación a la sociedad. De acuerdo con el Decreto 203/2013
este complemento está estructurado en seis tramos progresivos a los que se accede en función del número de periodos de investigación reconocidos por parte del órgano de evaluación
competente y de la puntuación obtenida según los criterios de evaluación indicados en el
punto 4.
2. Solicitantes.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 203/2013, para obtener el complemento por
méritos de investigación es necesaria la solicitud previa del interesado, que debe cumplir los
siguientes requisitos mínimos:
1. Tener vinculación permanente a tiempo completo con la Universidad de Extremadura.
2. Tener reconocido por parte del órgano de evaluación competente, a fecha 31 de diciembre de 2020 al menos un período de seis años en la evaluación de su actividad investigadora.
3. P
ertenecer a un grupo de investigación registrado y reconocido por el Sistema Extremeño
de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI).
3. Evaluaciones inicial y posteriores.
1. E
l complemento por méritos de investigación es evaluable y se concederá para un período de 6 años, transcurridos los cuales podrá solicitarse la evaluación de la actividad
investigadora que se haya desarrollado en un nuevo periodo de 6 años. En la primera
evaluación el solicitante podrá optar por someter a evaluación los seis últimos años
(2015 a 2020 ambos incluidos) o toda su trayectoria investigadora. En ambos casos la
finalización del período a evaluar se establece hasta el 31 de diciembre del año anterior
al que se solicita la evaluación. Cuando el solicitante opte por la valoración de toda su
trayectoria investigadora, aquella se realizará ponderando proporcionalmente la pun-