Otras Resoluciones. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones.- (2021061123)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021
20781
función de los costes justificados y las actuaciones acreditadas, siempre que se aproxime
de modo significativo al cumplimiento total y quede acreditada una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.
2. S
e considerará que el cumplimiento por la entidad beneficiaria se aproxima significativamente al cumplimiento total cuando se haya ejecutado un 60% de las actividades e
inversiones objeto de la subvención. En estos casos procederá la pérdida del derecho a la
subvención en cuanto a la parte no ejecutada.
Cuando las actividades e inversiones subvencionables se ejecuten en un porcentaje inferior
al 60% de las mismas, procederá el reintegro total de la subvención concedida.
3. En el caso de que el importe de la ayuda concedida en virtud de esta resolución, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, superase el coste de la
actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la
actividad desarrollada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.
4. En caso de incumplimiento de la obligación de adopción de las medidas de publicidad de la
letra i) del apartado Decimoprimero el porcentaje de reintegro de la subvención concedida
será de un 15% de la cantidad abonada.
Decimoséptimo. Compatibilidad con otras subvenciones.
1. L
as subvenciones establecidas en esta resolución serán compatible con cuales quiera otras
que pudieran ser concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones Públicas o
entidades públicas o privadas.
2. E
l importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o
en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
3. L
os solicitantes estarán obligados a comunicar las subvenciones solicitadas o concedidas
para el mismo concepto.
Decimoctavo. Pérdida del derecho al cobro de la subvención.
1. S
e producirá la perdida de derecho al cobro total o parcial de la subvención en los casos de
incumplimiento de las obligaciones previstas en esta resolución.
2. E
l procedimiento para declarar la procedencia de la pérdida del derecho al cobro, seguirá
los trámites establecidos en el apartado Decimoquinto.
Martes, 27 de abril de 2021
20781
función de los costes justificados y las actuaciones acreditadas, siempre que se aproxime
de modo significativo al cumplimiento total y quede acreditada una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.
2. S
e considerará que el cumplimiento por la entidad beneficiaria se aproxima significativamente al cumplimiento total cuando se haya ejecutado un 60% de las actividades e
inversiones objeto de la subvención. En estos casos procederá la pérdida del derecho a la
subvención en cuanto a la parte no ejecutada.
Cuando las actividades e inversiones subvencionables se ejecuten en un porcentaje inferior
al 60% de las mismas, procederá el reintegro total de la subvención concedida.
3. En el caso de que el importe de la ayuda concedida en virtud de esta resolución, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, superase el coste de la
actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la
actividad desarrollada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.
4. En caso de incumplimiento de la obligación de adopción de las medidas de publicidad de la
letra i) del apartado Decimoprimero el porcentaje de reintegro de la subvención concedida
será de un 15% de la cantidad abonada.
Decimoséptimo. Compatibilidad con otras subvenciones.
1. L
as subvenciones establecidas en esta resolución serán compatible con cuales quiera otras
que pudieran ser concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones Públicas o
entidades públicas o privadas.
2. E
l importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o
en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
3. L
os solicitantes estarán obligados a comunicar las subvenciones solicitadas o concedidas
para el mismo concepto.
Decimoctavo. Pérdida del derecho al cobro de la subvención.
1. S
e producirá la perdida de derecho al cobro total o parcial de la subvención en los casos de
incumplimiento de las obligaciones previstas en esta resolución.
2. E
l procedimiento para declarar la procedencia de la pérdida del derecho al cobro, seguirá
los trámites establecidos en el apartado Decimoquinto.