Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061129)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para planta de reciclaje y valorización de RCD, promovida por Reciclados Extremeños, SL, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021



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• Situarse bien ubicada respecto al acceso a la parcela desde el vial asfaltado del polígono industrial.

— La alternativa 2, que es la ubicación de la planta en el mismo polígono industrial, pero
en otra parcela, a pesar de que ambientalmente pueden ser viables, resulta menos adecuada que la alternativa 1 y se descarta, según se indica en el documento ambiental,
porque existirían en el entorno de la planta otras actividades sobre las que la planta de
tratamiento de RCD podría tener efectos negativos.
Por tanto, finalmente la alternativa seleccionada para la instalación de la planta de reciclaje y valorización de RCD es la alternativa 1 al ser la más viable a nivel técnico, a nivel
ambiental, a nivel de usos de suelo y de propiedad, sin sobreafecciones ambientales.
3.3 Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad indica que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún
espacio incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable
sobre los mismos o sus valores ambientales.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Con fecha 12 de diciembre de 2019 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe en el que comunica que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan
el DPH del Estado. Por otra parte, se informa que le corresponderá al Ayuntamiento de
Badajoz emitir la autorización de vertido a la red municipal de saneamiento, debiéndose
cumplir tanto los límites cualitativos como cuantitativos que se impongan en el correspondiente reglamento u ordenanza municipal de vertidos.
— Suelos.
No es previsible la contaminación del suelo, debido a la instalación de las medidas correctoras propuestas en proyecto consistentes en la instalación de soleras impermeables en
todas zonas en las que se depositen residuos, así como un sistema de rejillas en dichas soleras con conexión a separador de hidrocarburos para la captación y tratamiento de aguas
pluviales con posibles lixiviados, antes de su vertido a saneamiento municipal.
— Fauna.
En la zona de actuación no existen especies de fauna protegida