Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Consejería De Educación Y Empleo. Cuerpos Docentes.- (2021050059)
Orden de 23 de abril de 2021 por la que se convoca el procedimiento de selección y nombramiento de directores y directoras de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021
20703
por presentar la solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la
solicitud sea fechada y sellada antes de ser certificada.
4. L
os aspirantes deberán acompañar a la solicitud de toda la documentación acreditativa de
los méritos alegados, según lo establecido en el baremo del Anexo II, con excepción de
los incluidos de oficio. Solo se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente
justificados hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes. No se valorarán
en ningún caso los títulos o estudios que haya sido necesario superar para la obtención de
títulos de nivel académico superior.
5. E
l aspirante formulará un proyecto de dirección por cada uno de los centros a los que aspira. Dicho proyecto, atendiendo en todo caso a lo dispuesto en el Anexo III de la presente
orden, pondrá de manifiesto: el grado de conocimiento del centro y de su entorno que
posee el candidato o la candidata (contexto social, relación con las instituciones, participación de los distintos sectores de la comunidad educativa), señalando asimismo, tanto
los aspectos positivos como los negativos de la organización y funcionamiento del centro.
En el proyecto de dirección y en coherencia con el proyecto educativo del centro, se expondrán igualmente: los objetivos que, se esperan alcanzar con el ejercicio de la función directiva
y las líneas de actuación con las que se buscará la consecución de esos objetivos; las medidas
previstas para facilitar el logro de las competencias del alumnado, incluyendo las estrategias
básicas sobre la organización y la gestión del centro; los planteamientos pedagógicos y sus
propuestas de mejora; los contenidos en materia de igualdad entre mujeres y hombres, no
discriminación y prevención de violencia de género; las actividades complementarias y extraescolares de acuerdo con los recursos humanos y materiales con que cuenta el centro;
así como los procedimientos que se utilizarán en su evaluación. Dicho proyecto tendrá una
extensión máxima de 25 páginas a una cara, en tamaño DIN-A4 incluyendo índice y portada,
en espaciado simple, letra Arial con tamaño 12 puntos sin comprimir y texto justificado en
ambos márgenes.
El proyecto de dirección incluirá obligatoriamente la composición prevista del Equipo Directivo, cuyos miembros deberán cumplir las condiciones establecidas en el artículo 11 de la
presente orden y manifestar expresamente su disponibilidad para formar parte del equipo
directivo del aspirante en el caso de resultar seleccionado mediante el modelo establecido en
el Anexo V de esta convocatoria.
Artículo 4. Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, las Delegaciones Provinciales de Educación y los centros educativos afectados por esta convocatoria de puestos de dirección, ha-
Martes, 27 de abril de 2021
20703
por presentar la solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la
solicitud sea fechada y sellada antes de ser certificada.
4. L
os aspirantes deberán acompañar a la solicitud de toda la documentación acreditativa de
los méritos alegados, según lo establecido en el baremo del Anexo II, con excepción de
los incluidos de oficio. Solo se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente
justificados hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes. No se valorarán
en ningún caso los títulos o estudios que haya sido necesario superar para la obtención de
títulos de nivel académico superior.
5. E
l aspirante formulará un proyecto de dirección por cada uno de los centros a los que aspira. Dicho proyecto, atendiendo en todo caso a lo dispuesto en el Anexo III de la presente
orden, pondrá de manifiesto: el grado de conocimiento del centro y de su entorno que
posee el candidato o la candidata (contexto social, relación con las instituciones, participación de los distintos sectores de la comunidad educativa), señalando asimismo, tanto
los aspectos positivos como los negativos de la organización y funcionamiento del centro.
En el proyecto de dirección y en coherencia con el proyecto educativo del centro, se expondrán igualmente: los objetivos que, se esperan alcanzar con el ejercicio de la función directiva
y las líneas de actuación con las que se buscará la consecución de esos objetivos; las medidas
previstas para facilitar el logro de las competencias del alumnado, incluyendo las estrategias
básicas sobre la organización y la gestión del centro; los planteamientos pedagógicos y sus
propuestas de mejora; los contenidos en materia de igualdad entre mujeres y hombres, no
discriminación y prevención de violencia de género; las actividades complementarias y extraescolares de acuerdo con los recursos humanos y materiales con que cuenta el centro;
así como los procedimientos que se utilizarán en su evaluación. Dicho proyecto tendrá una
extensión máxima de 25 páginas a una cara, en tamaño DIN-A4 incluyendo índice y portada,
en espaciado simple, letra Arial con tamaño 12 puntos sin comprimir y texto justificado en
ambos márgenes.
El proyecto de dirección incluirá obligatoriamente la composición prevista del Equipo Directivo, cuyos miembros deberán cumplir las condiciones establecidas en el artículo 11 de la
presente orden y manifestar expresamente su disponibilidad para formar parte del equipo
directivo del aspirante en el caso de resultar seleccionado mediante el modelo establecido en
el Anexo V de esta convocatoria.
Artículo 4. Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, las Delegaciones Provinciales de Educación y los centros educativos afectados por esta convocatoria de puestos de dirección, ha-