Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Consejería De Educación Y Empleo. Cuerpos Docentes.- (2021050059)
Orden de 23 de abril de 2021 por la que se convoca el procedimiento de selección y nombramiento de directores y directoras de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021
20702
se valorarán las solicitudes a la dirección de aquellos funcionarios de carrera que carezcan
de los establecidos en los apartados a) y b) del punto anterior.
3. E
l personal docente que haya desempeñado con anterioridad el cargo de director o directora de un centro docente público, podrá participar en una nueva convocatoria de concurso
de méritos siempre que haya obtenido una evaluación positiva del desempeño del cargo.
En caso de evaluación negativa se habrá de esperar al siguiente período ordinario de mandato, entendiendo por el mismo el transcurso de cuatro años desde que finalizó el anterior.
Artículo 3. Presentación de solicitudes.
1. L
as solicitudes para participar en este procedimiento deberán ajustarse al modelo que figura como Anexo I de la convocatoria, pudiendo solicitar hasta un número máximo de tres
centros educativos. Si un aspirante obtiene la mayor puntuación para varios centros, se le
propondrá para el consignado en primer lugar en su solicitud.
En el caso de presentar la solicitud para centros de provincias distintas, esta se dirigirá a
la Delegación Provincial de Educación en la que se encuentre ubicado el centro solicitado
en primer lugar, la cual remitirá copia de la misma y la documentación necesaria a la otra
Delegación Provincial de Educación.
Junto a la solicitud el aspirante deberá aportar la siguiente documentación:
a) Original o copia auténtica de toda la documentación acreditativa de los méritos alegados, tal y como se detalla en el punto 4 de este apartado.
b) Ejemplar del proyecto o proyectos de dirección en papel y en formato PDF tal y como se
detalla en el punto 5 de este apartado.
La solicitud debidamente sellada y fechada así como la documentación requerida se deberá
adelantar por correo electrónico a la siguiente dirección: ser.coodinacionmer@juntaex.es.
2. E
l plazo de presentación de las solicitudes y documentación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial
de Extremadura.
3. L
as solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación
correspondiente, y podrán presentarse en cualquiera de estas, o en los registros u oficinas
a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se
implanta un sistema de registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de optar
Martes, 27 de abril de 2021
20702
se valorarán las solicitudes a la dirección de aquellos funcionarios de carrera que carezcan
de los establecidos en los apartados a) y b) del punto anterior.
3. E
l personal docente que haya desempeñado con anterioridad el cargo de director o directora de un centro docente público, podrá participar en una nueva convocatoria de concurso
de méritos siempre que haya obtenido una evaluación positiva del desempeño del cargo.
En caso de evaluación negativa se habrá de esperar al siguiente período ordinario de mandato, entendiendo por el mismo el transcurso de cuatro años desde que finalizó el anterior.
Artículo 3. Presentación de solicitudes.
1. L
as solicitudes para participar en este procedimiento deberán ajustarse al modelo que figura como Anexo I de la convocatoria, pudiendo solicitar hasta un número máximo de tres
centros educativos. Si un aspirante obtiene la mayor puntuación para varios centros, se le
propondrá para el consignado en primer lugar en su solicitud.
En el caso de presentar la solicitud para centros de provincias distintas, esta se dirigirá a
la Delegación Provincial de Educación en la que se encuentre ubicado el centro solicitado
en primer lugar, la cual remitirá copia de la misma y la documentación necesaria a la otra
Delegación Provincial de Educación.
Junto a la solicitud el aspirante deberá aportar la siguiente documentación:
a) Original o copia auténtica de toda la documentación acreditativa de los méritos alegados, tal y como se detalla en el punto 4 de este apartado.
b) Ejemplar del proyecto o proyectos de dirección en papel y en formato PDF tal y como se
detalla en el punto 5 de este apartado.
La solicitud debidamente sellada y fechada así como la documentación requerida se deberá
adelantar por correo electrónico a la siguiente dirección: ser.coodinacionmer@juntaex.es.
2. E
l plazo de presentación de las solicitudes y documentación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial
de Extremadura.
3. L
as solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación
correspondiente, y podrán presentarse en cualquiera de estas, o en los registros u oficinas
a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se
implanta un sistema de registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de optar