Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Consejería De Educación Y Empleo. Cuerpos Docentes.- (2021050059)
Orden de 23 de abril de 2021 por la que se convoca el procedimiento de selección y nombramiento de directores y directoras de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021
20710
Todos estos nombramientos se efectuarán con efectos de 1 de julio del año en curso.
2. C
ontra la resolución de la Secretaría General de Educación, podrá interponerse recurso de
reposición, en el plazo de un mes. Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente
al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la mencionada resolución.
Artículo 8. Segunda fase del proceso de selección: período de prácticas.
1. En la segunda fase del proceso de selección, los aspirantes seleccionados, que hayan sido
nombrados directores provisionales, deberán realizar y superar un período de prácticas
organizado por la Secretaría General de Educación.
2. E
l periodo de prácticas comenzará el 1 de julio de 2021, y tendrá una duración de seis
meses de servicios efectivos, con plenitud de funciones, en el centro en el que ejerzan la
función de director o directora.
3. En el caso de que alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el periodo de
prácticas dentro de los plazos establecidos, la Secretaría General de Educación, a través de
la Delegación Provincial correspondiente, previa solicitud de la persona interesada y tras el
estudio de las circunstancias, podrá conceder un aplazamiento para su realización que, en
ningún caso, podrá exceder del curso escolar siguiente.
4. L
as prácticas consistirán en el ejercicio de la dirección y en la realización de una memoria
sobre la función directiva desarrollada y su relación con el proyecto de dirección del candidato o candidata presentado con la solicitud de participación. Para la realización de esta
memoria se tendrá en cuenta lo siguiente:
a. Deberán entregarse dos copias de la misma, una al Servicio de Coordinación Educativa
de la Secretaría General de Educación (ser.coordinacionmer@juntaex.es) que la remitirá a la Comisión de Evaluación del Desempeño de la Función Directiva de acuerdo a
lo establecido en el artículo 23 del Decreto 28/2021, de 21 de abril, y otra al miembro
del Servicio de Inspección de Educación de la correspondiente Delegación Provincial de
Educación, que ejerza la tutoría del periodo de prácticas de acuerdo con el apartado 5
del presente artículo.
b. C
on carácter general esta memoria se entregará antes del 15 de febrero de 2022. Podrá optarse por entregar las copias en papel o por vía electrónica utilizando para ello el
formato de documento portátil (pdf).
Martes, 27 de abril de 2021
20710
Todos estos nombramientos se efectuarán con efectos de 1 de julio del año en curso.
2. C
ontra la resolución de la Secretaría General de Educación, podrá interponerse recurso de
reposición, en el plazo de un mes. Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente
al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la mencionada resolución.
Artículo 8. Segunda fase del proceso de selección: período de prácticas.
1. En la segunda fase del proceso de selección, los aspirantes seleccionados, que hayan sido
nombrados directores provisionales, deberán realizar y superar un período de prácticas
organizado por la Secretaría General de Educación.
2. E
l periodo de prácticas comenzará el 1 de julio de 2021, y tendrá una duración de seis
meses de servicios efectivos, con plenitud de funciones, en el centro en el que ejerzan la
función de director o directora.
3. En el caso de que alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el periodo de
prácticas dentro de los plazos establecidos, la Secretaría General de Educación, a través de
la Delegación Provincial correspondiente, previa solicitud de la persona interesada y tras el
estudio de las circunstancias, podrá conceder un aplazamiento para su realización que, en
ningún caso, podrá exceder del curso escolar siguiente.
4. L
as prácticas consistirán en el ejercicio de la dirección y en la realización de una memoria
sobre la función directiva desarrollada y su relación con el proyecto de dirección del candidato o candidata presentado con la solicitud de participación. Para la realización de esta
memoria se tendrá en cuenta lo siguiente:
a. Deberán entregarse dos copias de la misma, una al Servicio de Coordinación Educativa
de la Secretaría General de Educación (ser.coordinacionmer@juntaex.es) que la remitirá a la Comisión de Evaluación del Desempeño de la Función Directiva de acuerdo a
lo establecido en el artículo 23 del Decreto 28/2021, de 21 de abril, y otra al miembro
del Servicio de Inspección de Educación de la correspondiente Delegación Provincial de
Educación, que ejerza la tutoría del periodo de prácticas de acuerdo con el apartado 5
del presente artículo.
b. C
on carácter general esta memoria se entregará antes del 15 de febrero de 2022. Podrá optarse por entregar las copias en papel o por vía electrónica utilizando para ello el
formato de documento portátil (pdf).