Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061110)
Resolución de 16 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) de la Ley de Minas denominado "Guadajira", n.º 795-00, en el término municipal de Lobón (Badajoz)". Exp.: IA15/1487.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 77
Lunes, 26 de abril de 2021

20619



— Gestión de residuos generados.



— Datos de las visitas de inspección a las instalaciones (personal inspector, fecha, estado general de las instalaciones, incidencias...).



— Incluirán suficiente documentación gráfica para permitir el seguimiento de las
actuaciones (croquis, planos y fotografías), incluidas las de reforestación. Dichas
imágenes serán plasmadas sobre un mapa, con el fin de saber desde qué lugares han
sido realizadas.

— Finalmente, se incluirá cualquier incidencia o circunstancia no contemplada en el
EsIA original, y que deba ser tenida en cuenta por parte de la DGS.
4. Previamente a la autorización de abandono y a la devolución de las garantías depositadas, cuando el promotor deba proceder a la rehabilitación y abandono definitivos de
la explotación y presente para su autorización ante la autoridad minera el proyecto de
abandono definitivo de labores, paralelamente remitirá al órgano ambiental un informe
sobre el adecuado cumplimiento del condicionado de la declaración de impacto ambiental y del plan de restauración, que deberá contener además, al menos, la siguiente
información:


— Retirada de todos los restos y residuos, que se llevarán a un lugar autorizado para
ello.



— Restitución de las superficies afectadas según el plan de restauración.



— Perfilado de cualquier talud con pendientes que aseguren su estabilidad y eviten la
erosión, según el plan de restauración.



— Relleno de parte de los huecos con residuos mineros inertes y vertido y explanación
de la tierra vegetal acopiada al comienzo de la explotación sobre el terreno, según el
plan de restauración, recuperado la clasificación agronómica previa de la parcela.



— Restitución del uso previo existente del área afectada agrícola de regadío, según el
plan de restauración.

G) Comisión de seguimiento.
Considerando las condiciones y medidas para prevenir, corregir y compensar los efectos adversos sobre el medio ambiente establecidas en el presente informe para declaración de impacto ambiental, no se estima necesario crear una comisión de seguimiento ambiental para
el proyecto “Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) de la Ley de Minas denominado
“Guadajira”, n.º 795-00, en el término municipal de Lobón (Badajoz)”.