Otras Resoluciones. Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Ayudas.- (2021061052)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el Programa de ayudas a la innovación metodológica en materia de políticas de empleo correspondiente al ejercicio 2021.
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NÚMERO 76
Viernes, 23 de abril de 2021

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Quinto. Órganos competentes en la ordenación, instrucción y resolución, plazo de
resolución y notificación.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde
al Servicio de Orientación e Intermediación, adscrito a la Dirección General de Planificación
y Evaluación de las Políticas Activas de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo.
La resolución corresponderá a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de
Empleo.
2. C
 on carácter previo a la resolución definitiva, la Comisión de Valoración hará pública una
propuesta provisional con las puntuaciones de todos los expedientes presentados y no
desistidos y dará un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones a las
mencionadas puntuaciones previamente a la elaboración de la propuesta definitiva. La
propuesta provisional se publicará en la web extremaduratrabaja.juntaex.es o página que
la sustituya.
3. E
 l plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de
Extremadura.
4. L
 a resolución del procedimiento de concesión de subvenciones se notificará individualmente a los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 41 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. L
 a resolución que ponga fin al procedimiento, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
ser impugnada mediante recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Educación
y Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que fuera notificada.
6. L
 as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura
y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la forma
establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, serán objeto de publicidad en el
Portal Electrónico de la Transparencia y Participación Ciudadana, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme a lo establecido en el
artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Composición de la Comisión de Valoración.
Tras el examen y evaluación de las solicitudes, los expedientes serán sometidos a informe,
que será vinculante, por una Comisión de Valoración, cuya composición, será la siguiente: