Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061121)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y Feval Gestión de Servicios, SLU, para la gestión de las ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 76
20375
Viernes, 23 de abril de 2021
ANEXO I
ACTUACIONES A REALIZAR POR FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU,
PARA LA VERIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS
EXPEDIENTES CONCEDIDOS ACOGIDOS A LA RESOLUCIÓN DE 10
DE NOVIEMBRE DE 2020, DE LA SECRETARÍA GENERAL, POR LA QUE
SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA
IMPLANTACIÓN DE SOLUCIONES DE TELETRABAJO Y EMPRENDIMIENTO
DIGITAL EN EMPRESAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Las principales tareas a realizar por la entidad colaboradora en el proceso de comprobación de
los trabajos desarrollados por los beneficiarios de las ayudas de Teletrabajo y Emprendimiento
Digital estarán comprendidas en los siguientes bloques:
1. R
ecepción de solicitudes de pago por finalización de los trabajos subvencionados, así como
la documentación aportada para este trámite, que será remitida desde la DGAD.
2. Revisión de documentación aportada y realización de los requerimientos de subsanación
necesarios a los beneficiarios para su subsanación en caso necesario.
3. C
omunicación de resultados a la Dirección General de Agenda Digital.
El resultado de estas actividades se concretará en un informe final para cada solicitud revisada indicando el estado del expediente, (correcto, incorrecto o con minoración) y que estará
firmado digitalmente por un Ingeniero o Ingeniero Técnico con perfil profesional perteneciente a las áreas de Informática o de Telecomunicaciones.
Para coordinar la comunicación con la Dirección General de Agenda Digital, (DGAD), además
de los medios tradicionales (teléfonos, correos electrónicos, etc.), la entidad colaboradora
habilitará un espacio online donde pueda consultar el estado de los expedientes por parte del
personal designado de la Dirección General.
Para facilitar el envío de documentación por parte de la Dirección General, la entidad colaboradora habilitará un espacio de intercambio digital de documentos.
1. R
ecepción de solicitudes.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 de la Orden de 9 de septiembre de 2020,
los beneficiarios de deberán presentar a la Dirección de General de Agenda Digital la solicitud
de pago o liquidación, conforme al modelo del Anexo III de solicitud de pago y justificación
de la ayuda de la Resolución de 10 de noviembre de 2020, adjuntando la documentación
necesaria para justificar tanto las actividades realmente ejecutadas y la inversión realizada,
junto con las facturas y sus justificantes de pago, una memoria de actuaciones realizadas y
objetivos alcanzados.
20375
Viernes, 23 de abril de 2021
ANEXO I
ACTUACIONES A REALIZAR POR FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU,
PARA LA VERIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS
EXPEDIENTES CONCEDIDOS ACOGIDOS A LA RESOLUCIÓN DE 10
DE NOVIEMBRE DE 2020, DE LA SECRETARÍA GENERAL, POR LA QUE
SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA
IMPLANTACIÓN DE SOLUCIONES DE TELETRABAJO Y EMPRENDIMIENTO
DIGITAL EN EMPRESAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Las principales tareas a realizar por la entidad colaboradora en el proceso de comprobación de
los trabajos desarrollados por los beneficiarios de las ayudas de Teletrabajo y Emprendimiento
Digital estarán comprendidas en los siguientes bloques:
1. R
ecepción de solicitudes de pago por finalización de los trabajos subvencionados, así como
la documentación aportada para este trámite, que será remitida desde la DGAD.
2. Revisión de documentación aportada y realización de los requerimientos de subsanación
necesarios a los beneficiarios para su subsanación en caso necesario.
3. C
omunicación de resultados a la Dirección General de Agenda Digital.
El resultado de estas actividades se concretará en un informe final para cada solicitud revisada indicando el estado del expediente, (correcto, incorrecto o con minoración) y que estará
firmado digitalmente por un Ingeniero o Ingeniero Técnico con perfil profesional perteneciente a las áreas de Informática o de Telecomunicaciones.
Para coordinar la comunicación con la Dirección General de Agenda Digital, (DGAD), además
de los medios tradicionales (teléfonos, correos electrónicos, etc.), la entidad colaboradora
habilitará un espacio online donde pueda consultar el estado de los expedientes por parte del
personal designado de la Dirección General.
Para facilitar el envío de documentación por parte de la Dirección General, la entidad colaboradora habilitará un espacio de intercambio digital de documentos.
1. R
ecepción de solicitudes.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 de la Orden de 9 de septiembre de 2020,
los beneficiarios de deberán presentar a la Dirección de General de Agenda Digital la solicitud
de pago o liquidación, conforme al modelo del Anexo III de solicitud de pago y justificación
de la ayuda de la Resolución de 10 de noviembre de 2020, adjuntando la documentación
necesaria para justificar tanto las actividades realmente ejecutadas y la inversión realizada,
junto con las facturas y sus justificantes de pago, una memoria de actuaciones realizadas y
objetivos alcanzados.