Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061093)
Resolución de 16 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo de Programas de formación e investigación en ciencias de la salud.
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NÚMERO 76
Viernes, 23 de abril de 2021

20341

— Organizar, gestionar y ejecutar los programas referidos en la cláusula anterior, con la
colaboración de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
— Destinar el importe de la transferencia específica al desarrollo de los programas descritos en el convenio.
— Realizar la justificación del cumplimiento de los programas y de los gastos y pagos en
los términos previstos en la cláusula siguiente.
— Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, la Intervención General de la Junta de Extremadura u otros
órganos de control competentes para ello, debiendo aportar cuanta información y documentación le sea requerida.
— Conservar durante un plazo de cuatro años, a contar desde la finalización de la vigencia
de este convenio, toda la información y documentos justificativos del empleo de la cantidad transferida.
— Devolver las cantidades no destinadas al objeto del convenio o no justificadas de conformidad con la cláusula séptima.
Por su parte, le corresponde a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la
Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias las siguientes obligaciones:
— Supervisar los programas desarrollados por FUNDESALUD.
— Transferir el importe de sesenta y cinco mil ciento veinticuatro euros (65.124 €) a
FUNDESALUD de conformidad con la cláusula siguiente.
Tercera. Forma de pago y justificación de la aportación dineraria.
Como requisito previo para la realización de los pagos previstos en esta cláusula, FUNDESALUD deberá acreditar que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con
la Tesorería General de la Seguridad Social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 1/2021, de 3 de febrero, la forma
de pago de la transferencia específica que se formaliza en este convenio deberá ajustarse al
Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería.