Otras Resoluciones. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Turismo. Subvenciones.- (2021061091)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo en el sector turístico de Extremadura, para la anualidad 2021.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021

20158

2. N
 o estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
3. P
 restar la actividad objeto de subvención en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. C
 umplir lo especificado en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Quinto. Actuaciones y gastos subvencionables.
1. Las actuaciones subvencionables serán las comprendidas en el artículo 7 de la Orden de 27
de enero de 2021 (DOE núm. 25, de 8 de febrero de 2021).
2. L
 os gastos subvencionables serán los comprendidos en el artículo 8 de la citada orden.
Sexto. Requisitos de las actuaciones subvencionables.
1. Las actuaciones subvencionables deberán haberse iniciado y pagado con fecha posterior,
en al menos un día, a la presentación de la solicitud de subvención, a excepción de los
trabajos de redacción de memorias o proyectos técnicos que se deban de aportar para la
obtención de la preceptiva licencia o presentación de comunicación previa, ante organismos competentes
Igualmente se excepcionarán de lo previsto en el párrafo anterior las actuaciones relativas
a la implantación de medidas de higienización, desinfección y de seguridad turística establecidas con motivo de la COVID-19 señaladas en el artículo 7 de la Orden de 27 de enero
de 2021, que deberán haberse iniciado y pagado con posterioridad al 1 de febrero de 2020.
La acreditación de no haberse iniciado dichas actuaciones se realizará mediante la declaración responsable contenida en el apartado 3 del “Anexo I Modelo de solicitud”, en la que
se especifique que las inversiones por las que se solicita la subvención no se han iniciado
a la fecha de presentación de la solicitud.
2. E
 l importe mínimo de las actuaciones subvencionables será:
a) Línea de Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales: 3.000 euros, IVA excluido.
b) Línea de Mejora de la Calidad de los Balnearios: 5.000 euros, IVA excluido.
c) Línea de Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y
de Intermediación: 3.000 euros, IVA excluido.

Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa