Otras Resoluciones. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Turismo. Subvenciones.- (2021061091)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo en el sector turístico de Extremadura, para la anualidad 2021.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021
20172
4. L
a falta de presentación de la correspondiente justificación en el plazo establecido, conllevará la pérdida del derecho al cobro de la ayuda y el reintegro de las cantidades abonadas
anticipadamente.
Decimoctavo. Causas de revocación y reintegro de las ayudas.
1.
Serán causas de revocación y, en su caso, reintegro de las cantidades percibidas las
siguientes:
a. Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando
aquellas que lo hubieran impedido.
b. Incumplimiento del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
c. Incumplimiento de la obligación de justificación, justificación insuficiente o justificación
fuera del plazo establecido.
d. Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en la
Orden de 27 de enero de 2021.
e. Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control
financiero previstas en esta resolución, así como el incumplimiento de las obligaciones
contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la
imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del
objetivo, la realidad y regularidad de las actuaciones subvencionadas, o la concurrencia
de subvenciones o ayudas, para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
f. I ncumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios, así como los compromisos por estos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que
afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de
la subvención.
g. La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad
de reintegro.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Jueves, 22 de abril de 2021
20172
4. L
a falta de presentación de la correspondiente justificación en el plazo establecido, conllevará la pérdida del derecho al cobro de la ayuda y el reintegro de las cantidades abonadas
anticipadamente.
Decimoctavo. Causas de revocación y reintegro de las ayudas.
1.
Serán causas de revocación y, en su caso, reintegro de las cantidades percibidas las
siguientes:
a. Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando
aquellas que lo hubieran impedido.
b. Incumplimiento del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
c. Incumplimiento de la obligación de justificación, justificación insuficiente o justificación
fuera del plazo establecido.
d. Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en la
Orden de 27 de enero de 2021.
e. Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control
financiero previstas en esta resolución, así como el incumplimiento de las obligaciones
contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la
imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del
objetivo, la realidad y regularidad de las actuaciones subvencionadas, o la concurrencia
de subvenciones o ayudas, para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
f. I ncumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios, así como los compromisos por estos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que
afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de
la subvención.
g. La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad
de reintegro.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa