Disposiciones Generales. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Apicultura. Ayudas.- (2021050055)
Orden de 16 de abril de 2021 por la que se establecen y regulan en la Comunidad Autónoma de Extremadura las ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021
20065
— Certificado de la secretaría con el visto bueno de la presidencia o, en su caso, de la
persona administradora única, de las solidarias o mancomunadas, del cumplimiento
de la proporcionalidad entre mujeres y hombres en el órgano de administración,
respecto al número de socias y socios que tenga la cooperativa, en el que conste la
composición del mismo y el cargo que ostenta cada persona.
— Memoria descriptiva del curso a realizar, indicando la fecha de inicio, duración, horario y lugar de impartición, número de personas al que se dirige, medidas de conciliación puestas en marcha para favorecer la asistencia de apicultoras, así como presupuesto detallado del coste del mismo, en el caso de que solicite las ayudas previstas
en el artículo 3. c).
— Memoria detallada de los estudios a realizar en el caso de solicitar las ayudas del
artículo 9.
c) Las Organizaciones de apicultores y apicultoras con personalidad jurídica propia contempladas en el punto 2 del artículo 2, deberán presentar:
— Copia de su NIF y del de la persona que ostenta la representación legal. Estos documentos podrán ser comprobados de oficio por el órgano gestor de la subvención,
salvo que conste expresamente la oposición en la solicitud de la subvención, en cuyo
caso deberá aportarlos.
— Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación de la persona firmante de la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante, salvo
que se autorice la obtención de una copia simple del poder notarial, indicando el
Código Seguro de Verificación (CSV), en cuyo caso, la comprobación se realizará por
el órgano instructor.
— Certificados de estar al corriente con Hacienda autonómica y con la Seguridad Social,
en el caso de que la persona interesada se oponga expresamente en la solicitud de la
subvención a que el órgano gestor los recabe de oficio de conformidad con el artículo
12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
— Certificado de estar al corriente con la Hacienda estatal, en el caso de que la persona
interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención para que el
órgano gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo 95.1,k) de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
— Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la
condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Jueves, 22 de abril de 2021
20065
— Certificado de la secretaría con el visto bueno de la presidencia o, en su caso, de la
persona administradora única, de las solidarias o mancomunadas, del cumplimiento
de la proporcionalidad entre mujeres y hombres en el órgano de administración,
respecto al número de socias y socios que tenga la cooperativa, en el que conste la
composición del mismo y el cargo que ostenta cada persona.
— Memoria descriptiva del curso a realizar, indicando la fecha de inicio, duración, horario y lugar de impartición, número de personas al que se dirige, medidas de conciliación puestas en marcha para favorecer la asistencia de apicultoras, así como presupuesto detallado del coste del mismo, en el caso de que solicite las ayudas previstas
en el artículo 3. c).
— Memoria detallada de los estudios a realizar en el caso de solicitar las ayudas del
artículo 9.
c) Las Organizaciones de apicultores y apicultoras con personalidad jurídica propia contempladas en el punto 2 del artículo 2, deberán presentar:
— Copia de su NIF y del de la persona que ostenta la representación legal. Estos documentos podrán ser comprobados de oficio por el órgano gestor de la subvención,
salvo que conste expresamente la oposición en la solicitud de la subvención, en cuyo
caso deberá aportarlos.
— Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación de la persona firmante de la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante, salvo
que se autorice la obtención de una copia simple del poder notarial, indicando el
Código Seguro de Verificación (CSV), en cuyo caso, la comprobación se realizará por
el órgano instructor.
— Certificados de estar al corriente con Hacienda autonómica y con la Seguridad Social,
en el caso de que la persona interesada se oponga expresamente en la solicitud de la
subvención a que el órgano gestor los recabe de oficio de conformidad con el artículo
12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
— Certificado de estar al corriente con la Hacienda estatal, en el caso de que la persona
interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención para que el
órgano gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo 95.1,k) de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
— Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la
condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.