Disposiciones Generales. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Apicultura. Ayudas.- (2021050055)
Orden de 16 de abril de 2021 por la que se establecen y regulan en la Comunidad Autónoma de Extremadura las ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021



20064

— Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación de la persona firmante de la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante, salvo
que se autorice la obtención de una copia simple del poder notarial, indicando el
Código Seguro de Verificación (CSV), en cuyo caso, la comprobación se realizará por
el órgano instructor.



— Copia de los Estatutos vigentes. Este documento podrá ser comprobado de oficio por
el órgano gestor de la subvención, salvo que conste expresamente la oposición de la
persona interesada en la solicitud de la subvención, en cuyo caso deberá aportarlo.



— Asimismo, deberán aportar esta documentación aquellas personas jurídicas que soliciten la ayuda por primera vez o hayan realizado alguna modificación en sus Estatutos y/o en la representación legal con respecto a los indicados en la solicitud
presentada en años anteriores.



— Certificados de estar al corriente con Hacienda autonómica y con la Seguridad Social,
en el caso de que la persona interesada se oponga expresamente en la solicitud de la
subvención a que el órgano gestor los recabe de oficio de conformidad con el artículo
12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.



— Certificado de estar al corriente con la Hacienda estatal, en el caso de que la persona
interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención para que el
órgano gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo 95.1,k) de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

— Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la
condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


— Declaración responsable de no ser beneficiaria de subvenciones o ayudas otorgadas
por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales,
para los mismos fines que estas líneas de ayudas en el año de la convocatoria.



— Listado de integrantes ordenados alfabéticamente con indicación de su NIF y el número de colmenas que poseen, así como de los números de registro de las explotaciones apícolas integrantes de dichas entidades asociativas.



— Certificado de la Seguridad Social donde conste el nivel de empleo. Este documento
podrá ser comprobado de oficio por el órgano gestor de la subvención, salvo que
conste expresamente la oposición de la persona interesada en la solicitud de la subvención, en cuyo caso deberá aportarlo.