Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Públicos. Directores.- (2021040031)
Decreto 28/2021, de 21 de abril, por el que se regula el procedimiento de selección, nombramiento, cese y renovación de directores y directoras, así como el proceso de evaluación de la función directiva, en los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021
20097
vigente acerca de las actuaciones disciplinarias de alumnado, la atención al alumnado y
familias, así como el impulso de actividades que los dinamicen e impliquen en el centro,
la activación de medidas para contribuir a la igualdad efectiva entre mujeres y hombres,
la no discriminación y la prevención de violencia de género, las actuaciones y procedimientos para atender a las necesidades del alumnado en función de sus características
personales y de la realidad socioeconómica y cultural del entorno en el que vive, y otras
a tener en cuenta en el ámbito de esta dimensión.
e. Ó
rganos colegiados de participación, gobierno y coordinación. Valora la labor de
la dirección del centro como Presidente del Claustro de profesores y del Consejo Escolar,
así como de la Comisión de Coordinación Pedagógica u otros órganos de participación,
dirección y coordinación de los centros educativos, en especial en su capacidad para
promover la participación, la adopción de acuerdos en el ámbito de sus competencias y
ejecutarlos.
f. C
alidad, evaluación y planes de mejora continua. Valora la labor directiva en el
impulso de evaluaciones internas del centro, desde la perspectiva de los procesos y
de los resultados, tanto desde el punto de vista pedagógico como de los servicios que
presta el centro, la colaboración en evaluaciones externas, el fomento y desarrollo de
procedimientos para la propia evaluación de la función directiva y para la evaluación del
profesorado, la puesta en marcha de planes de mejora, los programas e iniciativas de
innovación, investigación y formación que mejoren el funcionamiento y el servicio educativo que presta el centro.
g. R
epresentación del centro y conexión con el entorno. Se evalúa la labor de la
dirección como representante del centro y como representante de la Administración
educativa en el mismo, su capacidad de establecer vínculos de colaboración con el entorno socio-educativo y productivo del centro, en especial con otros centros docentes,
empresas y organizaciones empresariales, la promoción y difusión de información y el
acceso a los recursos del centro, conforme lo previsto en la normativa vigente del mismo, así como el desarrollo de ofertas formativas adecuadas a las necesidades sociales
y otras competencias importantes para el centro en el ámbito de esta dimensión.
Artículo 23. La Comisión de Evaluación del desempeño de la función directiva.
1. La Secretaría General de Educación, a través del Servicio de Plurilingüismo, Evaluación y
Estadística, será el órgano responsable de realizar la evaluación de la función directiva, en
coordinación con la Inspección de Educación de las Delegaciones Provinciales de Educación.
En este sentido, la evaluación del desempeño de la función directiva será dirigida y coordinada por una Comisión de Evaluación creada a tal efecto.
Jueves, 22 de abril de 2021
20097
vigente acerca de las actuaciones disciplinarias de alumnado, la atención al alumnado y
familias, así como el impulso de actividades que los dinamicen e impliquen en el centro,
la activación de medidas para contribuir a la igualdad efectiva entre mujeres y hombres,
la no discriminación y la prevención de violencia de género, las actuaciones y procedimientos para atender a las necesidades del alumnado en función de sus características
personales y de la realidad socioeconómica y cultural del entorno en el que vive, y otras
a tener en cuenta en el ámbito de esta dimensión.
e. Ó
rganos colegiados de participación, gobierno y coordinación. Valora la labor de
la dirección del centro como Presidente del Claustro de profesores y del Consejo Escolar,
así como de la Comisión de Coordinación Pedagógica u otros órganos de participación,
dirección y coordinación de los centros educativos, en especial en su capacidad para
promover la participación, la adopción de acuerdos en el ámbito de sus competencias y
ejecutarlos.
f. C
alidad, evaluación y planes de mejora continua. Valora la labor directiva en el
impulso de evaluaciones internas del centro, desde la perspectiva de los procesos y
de los resultados, tanto desde el punto de vista pedagógico como de los servicios que
presta el centro, la colaboración en evaluaciones externas, el fomento y desarrollo de
procedimientos para la propia evaluación de la función directiva y para la evaluación del
profesorado, la puesta en marcha de planes de mejora, los programas e iniciativas de
innovación, investigación y formación que mejoren el funcionamiento y el servicio educativo que presta el centro.
g. R
epresentación del centro y conexión con el entorno. Se evalúa la labor de la
dirección como representante del centro y como representante de la Administración
educativa en el mismo, su capacidad de establecer vínculos de colaboración con el entorno socio-educativo y productivo del centro, en especial con otros centros docentes,
empresas y organizaciones empresariales, la promoción y difusión de información y el
acceso a los recursos del centro, conforme lo previsto en la normativa vigente del mismo, así como el desarrollo de ofertas formativas adecuadas a las necesidades sociales
y otras competencias importantes para el centro en el ámbito de esta dimensión.
Artículo 23. La Comisión de Evaluación del desempeño de la función directiva.
1. La Secretaría General de Educación, a través del Servicio de Plurilingüismo, Evaluación y
Estadística, será el órgano responsable de realizar la evaluación de la función directiva, en
coordinación con la Inspección de Educación de las Delegaciones Provinciales de Educación.
En este sentido, la evaluación del desempeño de la función directiva será dirigida y coordinada por una Comisión de Evaluación creada a tal efecto.