Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061072)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Planta de valorización de residuos no peligrosos", cuyo promotor es Explotaciones Forestales Marle, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA 20/1301.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021
19955
2. Existencia de elementos arqueológicos documentados o inventariados en la zona
de actuación: En el terreno donde se ubicará la planta y sus proximidades no se
ha documentado ningún elemento arqueológico ni se ha realizado intervención
arqueológica.
3. Medidas aplicables de conformidad con el Plan General de Ordenación UrbanaPlan Especial de Mérida: El proyecto deberá ser aprobado por el Consorcio Ciudad
Monumental, Histórico-Artística y Arqueológico de Mérida, como entidad competente en materia de patrimonio cultural en el término municipal de Mérida, por
delegación de la Junta de Extremadura, con carácter previo a la aprobación de la
licencia municipal. Con ocasión de la ejecución del proyecto se deberá realizar el
seguimiento arqueológico de los movimientos de tierra, que deberá ser realizada
por el promotor a través del equipo de arqueología contratado al efecto, previa
autorización del Consorcio de la Ciudad Monumental. Además deberá comunicarse al Consorcio el inicio de la intervención arqueológica y de las obras con al
menos dos días de antelación para supervisión de esta entidad.
— El Agente del Medio Natural señala que:
• La parcela no se encuentra dentro de espacios protegidos incluidos en la Red Natura
2000, si bien se encuentra próximo (a unos 1.500 metros) de la ZEPA Embalse de
Montijo.
• Afecta a especie de fauna (Alcarabán) incluida en el anexo I del Decreto 37/2001, de
6 de marzo.
• No se encuentra en montes gestionados por la Dirección General de Política Forestal.
• Pasa junto a las instalaciones la “vereda de la Grulla 1º Ramal” pero no se puede indicar el grado de afección debido que no está deslindada ni amojonada.
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que:
• El proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red
Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa o indirectamente a los mismos o a sus valores ambientales.
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana con fecha emite informe favorable en el
que prescribe consideraciones a tener en cuenta para que se mantengan en buen estado
las aguas de su cuenca con el ejercicio de la actividad.
MIércoles, 21 de abril de 2021
19955
2. Existencia de elementos arqueológicos documentados o inventariados en la zona
de actuación: En el terreno donde se ubicará la planta y sus proximidades no se
ha documentado ningún elemento arqueológico ni se ha realizado intervención
arqueológica.
3. Medidas aplicables de conformidad con el Plan General de Ordenación UrbanaPlan Especial de Mérida: El proyecto deberá ser aprobado por el Consorcio Ciudad
Monumental, Histórico-Artística y Arqueológico de Mérida, como entidad competente en materia de patrimonio cultural en el término municipal de Mérida, por
delegación de la Junta de Extremadura, con carácter previo a la aprobación de la
licencia municipal. Con ocasión de la ejecución del proyecto se deberá realizar el
seguimiento arqueológico de los movimientos de tierra, que deberá ser realizada
por el promotor a través del equipo de arqueología contratado al efecto, previa
autorización del Consorcio de la Ciudad Monumental. Además deberá comunicarse al Consorcio el inicio de la intervención arqueológica y de las obras con al
menos dos días de antelación para supervisión de esta entidad.
— El Agente del Medio Natural señala que:
• La parcela no se encuentra dentro de espacios protegidos incluidos en la Red Natura
2000, si bien se encuentra próximo (a unos 1.500 metros) de la ZEPA Embalse de
Montijo.
• Afecta a especie de fauna (Alcarabán) incluida en el anexo I del Decreto 37/2001, de
6 de marzo.
• No se encuentra en montes gestionados por la Dirección General de Política Forestal.
• Pasa junto a las instalaciones la “vereda de la Grulla 1º Ramal” pero no se puede indicar el grado de afección debido que no está deslindada ni amojonada.
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que:
• El proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red
Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa o indirectamente a los mismos o a sus valores ambientales.
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana con fecha emite informe favorable en el
que prescribe consideraciones a tener en cuenta para que se mantengan en buen estado
las aguas de su cuenca con el ejercicio de la actividad.