Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061072)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Planta de valorización de residuos no peligrosos", cuyo promotor es Explotaciones Forestales Marle, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA 20/1301.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021

19963

— La limpieza del vertido acumulado en este depósito será realizada por gestor de residuos
autorizado.
— Para evitar niveles de inmisión elevados de partículas en suspensión de serrín la trituración de la madera en nave cubierta, dividida por un muro de hormigón, que está en el
centro de la parcela
— Los residuos plásticos, y los de papel y cartón, serán prensados en la nave de proceso,
sobre solera hormigonada e impermeabilizada. Una vez prensados se acopiarán bajo
cubierta a la espera de su entrega a gestor autorizado.
— Se controlará la emisión de gases y contaminantes de los vehículos y maquinaria utilizados con su continua puesta a punto, así como la generación de ruidos con la utilización
de silenciadores.
— En lo que a generación y a gestión de residuos se refiere, se atenderá a lo establecido
en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
— Los residuos peligrosos generados y gestionados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13, 14 y 15
del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la
ejecución de la Ley 20/1986, básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. El tiempo máximo
para el almacenamiento de residuos peligrosos no podrá exceder de seis meses. Los
residuos peligrosos se almacenarán en contenedores estancos bajo cubierta.
— Para el control de los derrames, todas las zonas destinadas al almacenamiento de residuos peligrosos, deberán disponer de algún sistema de recogida o contención de fugas.
— No deberá existir conexión alguna entre la zona de almacenamiento de residuos peligrosos y las redes de saneamiento de la instalación con el fin de evitar contaminación por
eventuales vertidos accidentales.
— La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas que deberán estar registradas
conforme a lo establecido en la Ley 22/2011.
— Se deberán cumplir las prescripciones de calidad acústica establecidas en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústicas y en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de
Ruidos y Vibraciones.
— La instalación dispondrá de las medidas de seguridad que impidan el libre acceso a las
instalaciones.