Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061072)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Planta de valorización de residuos no peligrosos", cuyo promotor es Explotaciones Forestales Marle, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA 20/1301.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021

19962

— Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa. De acuerdo con el artículo 126 del Reglamento del DPH, la tramitación de expedientes de autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el procedimiento
normal regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones que en aquel
se indican.
— Para el cerramiento de la instalación se deberá obtener autorización expresa del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de
Medio Ambiente. El cerramiento deberá ser solicitado mediante el anexo II del Decreto
226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación,
modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Respecto a la ubicación y construcción se atenderá a lo establecido en la normativa urbanística y la autorización ambiental.
4.2. Medidas en la fase de construcción.
— Deberá comunicar al Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida el inicio de la intervención arqueológica para el seguimiento arqueológico de los movimientos de tierra
previo a la realización de obras.
Los movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles.
— Se adecuarán las instalaciones al entorno rural en que se ubican. En cualquiera de los
elementos constructivos se evitará la utilización de tonos brillantes, manteniendo, en la
medida de lo posible una estructura de edificación tradicional.
4.3. Medidas en la fase de explotación.
— Los camiones cargados con residuos serán recibidos en el acceso, después de una inspección visual y documental, se comprueba que el residuo es el que se corresponde a
los admisibles.
— En el caso que se cumplan las condiciones de admisibilidad se procede al pesaje en la
báscula y la anotación en el archivo cronológico.
— Las zonas de descarga de los residuos deberán estar debidamente hormigonadas o pavimentadas.
— Las instalaciones contarán con dos redes de aguas independientes: pluviales y sanitarias. Las sanitarias serán conducidas a depósito impermeabilizado y estanco que será
vaciado con la suficiente frecuencia para que no se produzca rebosamiento.