Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061072)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Planta de valorización de residuos no peligrosos", cuyo promotor es Explotaciones Forestales Marle, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA 20/1301.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021
19964
— La altura de los acopios no deberá superar la altura de 2,5 metros del cerramiento exterior.
4.3. Plan de restauración.
Si una vez finalizada la actividad, se pretendiera el uso de las instalaciones para otra distinta,
deberán adecuarse las instalaciones y contar con todas las autorizaciones exigidas para el
nuevo aprovechamiento.
En todo caso, al finalizar las actividades se deberá dejar el terreno en su estado original,
demoliendo adecuadamente las instalaciones, y retirando todos los escombros a vertedero
autorizado.
La superficie agrícola afectada por la actividad, deberá mejorarse mediante las técnicas agronómicas adecuadas, de manera que se recupere su aptitud agrícola.
4.4 Propuesta de reforestación.
— El documento ambiental propone una zona ajardinada con seto perimetral de 900 m2 en
el interior de las instalaciones.
4.5 Plan de vigilancia y seguimiento ambiental
— El promotor deberá elaborar anualmente un Programa de Vigilancia Ambiental y designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del cumplimiento del Informe de Impacto Ambiental y de las medidas contenidas en el en documento
ambiental del proyecto, así como de la realización del seguimiento correspondiente a
dicho Programa de Vigilancia Ambiental.
— El Coordinador Medioambiental, responsable del seguimiento ambiental de las obras estará en contacto con los técnicos Dirección General de Sostenibilidad y con los Agentes
del Medio Natural, y presentará los correspondientes informes de seguimiento, además
de informar de cualquier cambio sobre el proyecto original.
— El Programa de Vigilancia Ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General de
Sostenibilidad para su supervisión. Este programa incluirá, entre otras actuaciones, la
realización de visitas estratégicas y la elaboración y remisión, a esta Dirección General
de Sostenibilidad, de los correspondientes informes de seguimiento, que debe incluir al
menos la siguiente información:
• Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios
como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir los infor-
MIércoles, 21 de abril de 2021
19964
— La altura de los acopios no deberá superar la altura de 2,5 metros del cerramiento exterior.
4.3. Plan de restauración.
Si una vez finalizada la actividad, se pretendiera el uso de las instalaciones para otra distinta,
deberán adecuarse las instalaciones y contar con todas las autorizaciones exigidas para el
nuevo aprovechamiento.
En todo caso, al finalizar las actividades se deberá dejar el terreno en su estado original,
demoliendo adecuadamente las instalaciones, y retirando todos los escombros a vertedero
autorizado.
La superficie agrícola afectada por la actividad, deberá mejorarse mediante las técnicas agronómicas adecuadas, de manera que se recupere su aptitud agrícola.
4.4 Propuesta de reforestación.
— El documento ambiental propone una zona ajardinada con seto perimetral de 900 m2 en
el interior de las instalaciones.
4.5 Plan de vigilancia y seguimiento ambiental
— El promotor deberá elaborar anualmente un Programa de Vigilancia Ambiental y designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del cumplimiento del Informe de Impacto Ambiental y de las medidas contenidas en el en documento
ambiental del proyecto, así como de la realización del seguimiento correspondiente a
dicho Programa de Vigilancia Ambiental.
— El Coordinador Medioambiental, responsable del seguimiento ambiental de las obras estará en contacto con los técnicos Dirección General de Sostenibilidad y con los Agentes
del Medio Natural, y presentará los correspondientes informes de seguimiento, además
de informar de cualquier cambio sobre el proyecto original.
— El Programa de Vigilancia Ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General de
Sostenibilidad para su supervisión. Este programa incluirá, entre otras actuaciones, la
realización de visitas estratégicas y la elaboración y remisión, a esta Dirección General
de Sostenibilidad, de los correspondientes informes de seguimiento, que debe incluir al
menos la siguiente información:
• Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios
como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir los infor-