Otras Resoluciones. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Entidades Locales. Ayudas.- (2021060983)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021

19898

2. Dentro de cada modalidad de ayuda, serán subvencionables las soluciones recogidas en
el anexo III de la presente resolución. Siempre y cuando estén basadas en el empleo de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en su implementación. Cada solución
solicitada deberá definirse en un proyecto, que se ajustará a lo establecido en el apartado
décimo segundo de la presente resolución.
Cuarto. Conceptos subvencionables.
1. S
 erán subvencionables las inversiones y gastos que estén directamente relacionados y
sean estrictamente necesarios para la realización de las soluciones descritas en el anexo
III de la presente resolución.
Se consideran gastos subvencionables los siguientes conceptos asociados al proyecto:


a) Costes de consultoría, asistencia técnica y redacción del proyecto. Será subvencionable hasta un 10% de las cuantías máximas establecidas en el artículo 5, en función
de los tramos de población de las entidades locales. Hasta un 5% podrá ser destinado a la realización del proyecto técnico referido en el artículo 11 y el resto podrá
ser utilizado para otros trabajos de consultoría y asistencia técnica directamente
relacionados con la actividad subvencionada.



b) Infraestructura y obra civil incluidos gastos generales y beneficio industrial (13% + 6%).



c) Dotación de infraestructura tecnológica: adquisición en propiedad de hardware.



d) Implantación y adquisición de soluciones software vinculadas al proyecto.



e) Actuaciones que permitan la puesta a disposición de datos en formato abierto y su
uso automatizado, así como la implantación de servicios de transparencia y normalización y estandarización.



f) Capacitación de personal de la Administración, siempre que ésta se encuentre asociada de forma inequívoca a la infraestructura desplegada en el proyecto solicitado.



g) Labores de difusión: Campañas de difusión entre los ciudadanos y empresas.

2. Cuando el importe del gasto subvencionable del proyecto supere las cuantías establecidas
en la Ley de Contratos del Sector Público para el contrato menor, la entidad local realizará
la tramitación del expediente de contratación, de conformidad con lo establecido en la citada Ley y a través de la plataforma de contratación del estado, en su caso.