Presidencia De La Junta. Salud Pública. Intervención Administrativa. (Suplemento DOE). (2021030033)
Decreto del Presidente 31/2021, de 21 de abril, por el que se alza la medida temporal y específica de restricción de la entrada y salida del municipio de Vegaviana, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
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SUPLEMENTO NÚMERO 74
Miércoles 21 de abril de 2021

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municipio se encuentra actualmente en una situación similar a la de la Comunidad Autónoma
en su conjunto.
Por todo ello, concluye el referido informe que, ante la relativa buena evolución de la COVID-19 en el municipio en la actualidad y la tendencia a la mejora que muestra, con una situación actual similar a la de la Comunidad Autónoma, se recomienda el levantamiento del cierre
perimetral de la localidad. Todo ello, sin perjuicio de su revisión en cualquier momento en
función de la situación puntual que vaya presentando la localidad, mediante la monitorización
de su situación a través de los datos de la Red de Vigilancia Epidemiológica de Extremadura.
A la vista de lo expuesto, al amparo de los artículos 2.2 y 6.2 del Real Decreto 926/2020, de
25 de octubre, se estima necesario dejar sin efecto la medida de restricción de la libre entrada
y salida del municipio de Vegaviana establecida mediante Decreto del Presidente 25/2021, de
9 de abril, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el
estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el informe epidemiológico de 20 de abril
de 2021 emitido desde la Dirección General de Salud Pública y tras la puesta en conocimiento
del Consejo de Gobierno, al amparo de los artículos 2.2, 6.2 y 9 del Real Decreto 926/2020,
de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de
infecciones causadas por el SARS-CoV-2 y de los artículos 14 y 90.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
RESUELVO
Primero. Objeto.
Este Decreto del Presidente tiene por objeto, por delegación del Gobierno de la Nación, al
amparo de lo dispuesto en los artículos 2.2, 6.2 y 9 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones
causadas por el SARS-CoV-2, dejar sin efecto la medida temporal y específica de restricción
de la entrada y salida del municipio de Vegaviana establecida mediante Decreto del Presidente
25/2021, de 9 de abril, por el que se establece la medida temporal y específica de restricción
de la entrada y salida del municipio Vegaviana, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de
25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de
infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Segundo. Efectos.
El presente Decreto del Presidente será efectivo desde su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.