Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061008)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la modificación n.º 1 del Plan Territorial de Sierra de Gata.
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NÚMERO 71
Viernes, 16 de abril de 2021



ES030-32-09 Rivera de Gata Moraleja.



ES030-32-09 Rio San Blas Gata.



ES030-32-09 Río Árrago Moraleja.



ES030-32-09 Río Árrago Moraleja.



ES030-32-09 Arroyo de Patana Moraleja.

19326

Para los tramos de cauce identificados como Áreas de Riesgo Potencial y Significativo de
Inundación incluidos en la tabla anterior se encuentran disponibles en la citada web del
Ministerio para la Transición Ecológica, los planos con la representación de la estimación
del dominio público hidráulico y sus zonas de servidumbre y policía, así como la representación de la Zona de Flujo Preferente asociada. Se dispone además de los planos de
peligrosidad por inundación correspondiente a las avenidas con periodo de retorno de 10,
50, 100 y 500 años en los citados tramos.
En cualquier caso, se significa que desde la emisión del informe previo relativo al Plan
Territorial de la Sierra de Gata se han producido modificaciones legislativas en materia de
aguas, fundamentalmente en cuanto al Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y en
cuanto al Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo, por lo que las actuaciones que desarrollen dicho plan se deberán atender a los condicionantes generales que se detallan en el
informe.
En la documentación aportada no se incluye mención alguna en relación con las aguas
residuales procedentes de actuaciones contempladas en la figura de ordenación objeto
de informe, Si bien queda constancia en el Estudio Ambiental estratégico que en la
actualidad que en lo relativo a infraestructuras de abastecimiento y depuración existen
carencias en el ámbito de aplicación del plan territorial. Para el ámbito de aplicación de
la modificación puntual objeto de informe se pone de manifiesto la ausencia de redes
de abastecimiento y saneamiento a dichas edificaciones con el consiguiente riesgo de
vertidos sin tratar a cauces del dominio público hidráulico.
A este respecto, entre las medidas para prevenir y minimizar los efectos sobre la hidrología del Estudio Ambiental Estratégico se señala que, para evitar la disminución de
la tasa de recarga de los acuíferos, el sistema de saneamiento y drenaje deberá estar
diseñado de tal manera que incorpore una red separativa diseñada con caudal suficiente
para desaguar el agua de lluvia permitiendo la recarga natural de los acuíferos, aunque
incorporando a ser posible un cierto sistema depurativo previo.