Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Ayudas.- (2021060931)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a la formación, fomento y difusión en el ámbito de la economía social para 2021. Línea de ayudas al fomento y difusión de la economía social.
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NÚMERO 70
Jueves, 15 de abril de 2021

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b) Mayor puntuación en el criterio de valoración 2 (participantes o destinatarios de la actividad).
c) Mayor puntuación en el criterio de valoración 3 (actuaciones de fomento de la constitución de sociedades cooperativas o sociedades laborales).
Noveno. Ordenación, instrucción, resolución del procedimiento y notificación.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá al Servicio de Cooperativas y Sociedades Laborales de la Dirección General de Cooperativas y Economía Social, que tendrá la condición de instructor del procedimiento y
realizará cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales deben formularse la correspondiente
propuesta de resolución.
2. Una vez completada la documentación de los expedientes, las solicitudes serán sometidas
a informe por una Comisión de Valoración, compuesta por los siguientes miembros:
— Presidente/a: Juan Gabriel Montero Málaga, titular del Servicio de cooperativas y sociedades laborales.
— Vocal: María Montaña Gómez Amores, titular de la Sección de Fomento del Cooperativismo del Servicio de Cooperativas y Sociedades Laborales.
— Secretario/a: Manuel Díaz Arroyo, funcionario de la especialidad jurídica, adscrito a la
Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
3. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración
formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada, que expresará el solicitante
o la relación de los mismos para las que se propone la concesión de la subvención y su
cuantía. La propuesta del órgano instructor no podrá separarse del informe de la Comisión
de Valoración.
4. La competencia para dictar la resolución corresponde a la titular de la Secretaría General
de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. El plazo máximo
para resolver de forma expresa y notificar la resolución será de seis meses, a contar desde
la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
5. L
 a resolución del procedimiento se notificará individualmente a los interesados de acuerdo
con lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.