Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Ayudas.- (2021060931)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a la formación, fomento y difusión en el ámbito de la economía social para 2021. Línea de ayudas al fomento y difusión de la economía social.
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NÚMERO 70
Jueves, 15 de abril de 2021

18969

La falta de notificación de resolución expresa de la concesión dentro del plazo máximo
para resolver, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en apartado 5 del artículo 22 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. Las resoluciones de los expedientes instruidos no agotan la vía administrativa, según lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y contra
ellas podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano que dicte los actos o ante la titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en los términos
previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y el artículo 101
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero.
Décimo. Publicidad.
1. Tanto el extracto de la presente convocatoria como la convocatoria en sí, serán publicados
en el Diario Oficial de Extremadura de manera simultánea. La Base de Datos Nacional de
Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, la presente convocatoria, y las subvenciones concedidas serán publicadas en
el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
2. Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información sobre esta convocatoria y resoluciones de concesión derivadas del Decreto 195/2017, de 14 de noviembre,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Con independencia de lo anterior, se publicará la información en el Portal Electrónico de la
Transparencia y la Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el
artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
4. L
 as entidades beneficiarias de las subvenciones a que se refiere esta resolución están sujetas a las normas de información y publicidad establecidas en la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y a cualesquiera otras que, en su caso, pudieran ser de aplicación, según
lo exigido en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.