Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Oficinas De Asistencia A La Ciudadanía.- (2021061018)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Vicepresidencia Primera y Consejera, por la que se aprueba y hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía y la relación de las anteriormente denominadas Oficinas de Registros que han sido suprimidas.
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NÚMERO 69
Miércoles, 14 de abril de 2021
18676
— En una tercera fase, se contempló el resto de oficinas de atención, información y registro situadas en municipios de un tamaño más reducido. En todos ellos se concluye las
dificultades (por cuestiones de dotación y capacidad interna) de cada una de ellas para
dar respuesta a las atribución de servicios prevista para las nuevas Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía (en base a lo que se determina en el punto 7 del artículo 84 bis de
la Ley 1/2002, respecto a los servicios inicialmente previstos para las nuevas Oficinas
de Asistencia a la Ciudadanía).
— En una cuarta fase y última fase, se contempló la agrupación y transformación de las
oficinas de atención, información y registro del ámbito social y sanitario (vinculadas
orgánicamente a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y al Servicio Extremeño
de Salud). Se aborda en esta fase por las particularidades de estas oficinas, en cuanto al
personal que la componen. Como resultado, se contempla (según el caso) la agrupación
y/o transformación a Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter especializado.
Como resumen, el proceso de reordenación impulsado ha traído consigo: la creación de seis
nuevas Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter general, la creación de treinta y
ocho nuevas Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter especializado, así como el cese
de la actividad de digitalización y registro en un número significativo de oficinas de atención,
información y registro integradas hasta el momento en el Sistema de Registro Único atendiendo a la oportunidad que la ciudadanía podrá relacionarse electrónicamente.
Así pues, y de forma complementaria a lo anteriormente descrito, todo el proceso de reordenación ha permitido el refuerzo de la asistencia virtual o a distancia, a través de un equipo
específico dedicado a la asistencia general desde el teléfono 900 222 220 y el correo electrónico, sistema de citas previas y chat desde la web y redes sociales (permitiendo así, como
se remarcaba en el Decreto-ley 12/2020, “dar continuidad al sistema común de asistencia e
información a la ciudadanía, por diferentes canales, puesto en marcha en este contexto extraordinario”).
Este proceso de reordenación ha tenido un impacto directo en cuestiones relativas al personal
dedicado en las actuales oficinas de atención, información y registro, en tanto que: algunos
han visto modificada su dependencia orgánica (al pasar a conformar, resultado de la agrupación y transformación en OACs generales, la estructura de la Vicepresidencia y Consejería de
Hacienda y Administración Pública); otros, a su vez (los que tendrán dedicación, en el nuevo
contexto, en Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter general o especializado) han
visto modificada la denominación del puesto de trabajo al que se encuentran adscritos. Se
hace por tanto necesaria para la plena efectividad del proceso, tal y como se determina en
el artículo 14.2 del Decreto Ley, “una modificación de la relación de puestos de trabajo que
se ven afectados”, proceso actualmente en curso a fecha de publicación de esta resolución,
Miércoles, 14 de abril de 2021
18676
— En una tercera fase, se contempló el resto de oficinas de atención, información y registro situadas en municipios de un tamaño más reducido. En todos ellos se concluye las
dificultades (por cuestiones de dotación y capacidad interna) de cada una de ellas para
dar respuesta a las atribución de servicios prevista para las nuevas Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía (en base a lo que se determina en el punto 7 del artículo 84 bis de
la Ley 1/2002, respecto a los servicios inicialmente previstos para las nuevas Oficinas
de Asistencia a la Ciudadanía).
— En una cuarta fase y última fase, se contempló la agrupación y transformación de las
oficinas de atención, información y registro del ámbito social y sanitario (vinculadas
orgánicamente a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y al Servicio Extremeño
de Salud). Se aborda en esta fase por las particularidades de estas oficinas, en cuanto al
personal que la componen. Como resultado, se contempla (según el caso) la agrupación
y/o transformación a Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter especializado.
Como resumen, el proceso de reordenación impulsado ha traído consigo: la creación de seis
nuevas Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter general, la creación de treinta y
ocho nuevas Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter especializado, así como el cese
de la actividad de digitalización y registro en un número significativo de oficinas de atención,
información y registro integradas hasta el momento en el Sistema de Registro Único atendiendo a la oportunidad que la ciudadanía podrá relacionarse electrónicamente.
Así pues, y de forma complementaria a lo anteriormente descrito, todo el proceso de reordenación ha permitido el refuerzo de la asistencia virtual o a distancia, a través de un equipo
específico dedicado a la asistencia general desde el teléfono 900 222 220 y el correo electrónico, sistema de citas previas y chat desde la web y redes sociales (permitiendo así, como
se remarcaba en el Decreto-ley 12/2020, “dar continuidad al sistema común de asistencia e
información a la ciudadanía, por diferentes canales, puesto en marcha en este contexto extraordinario”).
Este proceso de reordenación ha tenido un impacto directo en cuestiones relativas al personal
dedicado en las actuales oficinas de atención, información y registro, en tanto que: algunos
han visto modificada su dependencia orgánica (al pasar a conformar, resultado de la agrupación y transformación en OACs generales, la estructura de la Vicepresidencia y Consejería de
Hacienda y Administración Pública); otros, a su vez (los que tendrán dedicación, en el nuevo
contexto, en Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter general o especializado) han
visto modificada la denominación del puesto de trabajo al que se encuentran adscritos. Se
hace por tanto necesaria para la plena efectividad del proceso, tal y como se determina en
el artículo 14.2 del Decreto Ley, “una modificación de la relación de puestos de trabajo que
se ven afectados”, proceso actualmente en curso a fecha de publicación de esta resolución,